¿Cómo cancelar una tarjeta de crédito por muerte?

 

Necesitas copia certificada del acta de defunción


Cada banco aplica condiciones diferentes para la cancelación de una tarjeta de crédito por fallecimiento del titular y la cobertura del monto del adeudo.

¿Cómo se puede cancelar?

Lo más común es mediante un seguro que las instituciones tienen contratado y que cubre el saldo deudor de la cuenta en caso de fallecimiento del titular.

Otra forma es mediante la condonación del adeudo de la línea de crédito. En cualquiera de los dos casos, los adeudos que se cubren son sólo aquellos realizados hasta el momento del fallecimiento del titular.

Lo que significa que no están obligados a pagar montos de adeudos posteriores al fallecimiento realizados por titulares de tarjetas adicionales.

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Para cancelar una tarjeta de crédito por deceso del titular se debe presentar en un plazo no mayor a 180 días naturales a partir de la fecha del fallecimiento, de acuerdo con Condusef.

-Copia certificada del acta de defunción
-Identificación oficial del finado
-Identificación oficial de quien presenta la cancelación
-Escrito de notificación por fallecimiento que contenga el nombre y la cuenta del titular de la tarjeta de crédito.

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El banco establece sus propias políticas para la cancelación de una cuenta en un contrato, por eso revisa la sección de Seguros, Liberación de saldos por fallecimiento, Régimen del saldo por fallecimiento, Seguros sobre saldos o Liberación de saldo insoluto por muerte.

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GG