Estos son los salarios mínimos profesionales para 2019

 

Los salarios mínimos profesionales para 2019 fueron publicados este 24 de diciembre en el Diario Oficial de la Federación y aquí puedes consultarlos


Estos son los salarios mínimos profesionales para 2019 publicados hoy en el Diario Oficial de la Federación.

Los salarios mínimos profesionales tendrán vigencia a partir del 1 de enero de 2019, para las profesiones, oficios y trabajos especiales, publicadas en la Resolución de 2017. Se trata de la cantidad mínima que deben recibir en efectivo los trabajadores por jornada diaria de trabajo.

La tabla completa de salarios mínimos profesionales 2019:

Oficio
No.
Profesiones y oficios y trabajos especiales
Área Geográfica
Zona libre
de la
Frontera
Norte*
Resto del
país**
1
Albañilería, oficial de
176.72
120.70
2
Boticas, farmacias y droguerías, dependiente(a) de mostrador en
176.72
104.99
3
Buldózer y/o traxcavo, operador(a) de
176.72
127.14
4
Cajero(a) de máquina registradora
176.72
107.07
5
Cantinero(a) preparador(a) de bebidas
176.72
109.56
6
Carpintero(a) de obra negra
176.72
120.70
7
Carpintero(a) en fabricación y reparación de muebles, oficial
176.72
118.47
8
Cocinero(a), mayor(a) en restaurantes, fondas y demás establecimientos depreparación y venta de alimentos
176.72
122.42
9
Colchones, oficial en fabricación y reparación de
176.72
110.79
10
Colocador(a) de mosaicos y azulejos, oficial
176.72
118.00
11
Construcción de edificios y casas habitación, yesero(a) en
176.72
111.67
12
Cortador(a) en talleres y fábricas de manufactura de calzado, oficial
176.72
108.36
13
Costurero(a) en confección de ropa en talleres o fábricas
176.72
106.89
14
Costurero(a) en confección de ropa en trabajo a domicilio
176.72
110.08
15
Chofer acomodador(a) de automóviles en estacionamientos
176.72
112.50
16
Chofer de camión de carga en general
176.72
123.48
17
Chofer de camioneta de carga en general
176.72
119.57
18
Chofer operador(a) de vehículos con grúa
176.72
114.45
19
Draga, operador(a) de
176.72
128.45
20
Ebanista en fabricación y reparación de muebles, oficial
176.72
120.40
21
Electricista instalador(a) y reparador(a) de instalaciones eléctricas, oficial
176.72
118.00
22
Electricista en la reparación de automóviles y camiones, oficial
176.72
119.28
23
Electricista reparador(a) de motores y/o generadores en talleres de servicio, oficial
176.72
114.45
24
Empleado(a) de góndola, anaquel o sección en tiendas de autoservicio
176.72
104.64
25
Encargado(a) de bodega y/o almacén
176.72
108.90
26
Ferreterías y tlapalerías, dependiente(a) de mostrador en
176.72
111.37
27
Fogonero(a) de calderas de vapor
176.72
115.40
28
Gasolinero(a), oficial
176.72
106.89
29
Herrería, oficial de
176.72
116.28
30
Hojalatero(a) en la reparación de automóviles y camiones, oficial
176.72
118.47

Continúa la lista de los salarios mínimos profesionales 2019

31
Lubricador(a) de automóviles, camiones y otros vehículos de motor
176.72
107.82
32
Manejador(a) en granja avícola
176.72
103.35
33
Maquinaria agrícola, operador(a) de
176.72
121.37
34
Máquinas para madera en general, oficial operador(a) de
176.72
115.40
35
Mecánico(a) en reparación de automóviles y camiones, oficial
176.72
125.14
36
Montador(a) en talleres y fábricas de calzado, oficial
176.72
108.36
37
Peluquero(a) y cultor(a) de belleza en general
176.72
112.50
38
Pintor(a) de automóviles y camiones, oficial
176.72
116.28
39
Pintor(a) de casas, edificios y construcciones en general, oficial
176.72
115.40
40
Planchador(a) a máquina en tintorerías, lavanderías y establecimientos similares
176.72
107.07
41
Plomero(a) en instalaciones sanitarias, oficial
176.72
115.63
42
Radiotécnico(a) reparador(a) de aparatos eléctricos y electrónicos, oficial
176.72
120.40
43
Recamarero(a) en hoteles, moteles y otros establecimientos de hospedaje
176.72
104.64
44
Refaccionarias de automóviles y camiones, dependiente(a) de mostrador en
176.72
108.90
45
Reparador(a) de aparatos eléctricos para el hogar, oficial
176.72
113.97
46
Reportero(a) en prensa diaria impresa
248.09
248.09
47
Reportero(a) gráfico(a) en prensa diaria impresa
248.09
248.09
48
Repostero(a) o pastelero(a)
176.72
120.70
49
Sastrería en trabajo a domicilio, oficial de
176.72
121.37
50
Secretario(a) auxiliar
176.72
124.85
51
Soldador(a) con soplete o con arco eléctrico
176.72
119.28
52
Tablajero(a) y/o carnicero(a) en mostrador
176.72
112.50
53
Tapicero(a) de vestiduras de automóviles, oficial
176.72
114.45
54
Tapicero(a) en reparación de muebles, oficial
176.72
114.45
55
Trabajo social, técnico(a) en
176.72
136.48
56
Vaquero(a) ordeñador(a) a máquina
176.72
104.64
57
Velador(a)
176.72
106.89
58
Vendedor(a) de piso de aparatos de uso doméstico
176.72
110.08
59
Zapatero(a) en talleres de reparación de calzado, oficial
176.72
108.36

Publican Resolución de salarios mínimos general y profesionales para 2019

La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos publicó la Resolución del Honorable Consejo de Representantes de esta Comisión que fija los salarios mínimos general y profesionales vigentes a partir del 1 de enero de 2019.

Es decir, para fines de aplicación de los salarios mínimos en la República Mexicana habrá dos áreas geográficas. La primera se llama área geográfica de la Zona Libre de la Frontera Norte. Esta área está integrada por estos municipios:

  • Ensenada, Playas de Rosarito, Mexicali, Tecate y Tijuana, en el estado de Baja California
  • San Luis Río Colorado, Puerto Peñasco, General Plutarco Elías Calles, Caborca, Altar, Sáric, Nogales, Santa Cruz, Cananea, Naco y Agua Prieta, en el estado de Sonora
  • Janos, Ascensión, Juárez, Práxedis G. Guerrero, Guadalupe, Coyame del Sotol, Ojinaga y Manuel Benavides, en el estado de Chihuahua
  • Ocampo, Acuña, Zaragoza, Jiménez, Piedras Negras, Nava, Guerrero e Hidalgo, en el estado de Coahuila
  • Anáhuac, en el estado de Nuevo León
  • Nuevo Laredo, Guerrero, Mier, Miguel Alemán, Camargo, Gustavo Díaz Ordaz, Reynosa, Río Bravo, Valle Hermoso y Matamoros, en el estado de Tamaulipas

En esta área el salario mínimo será de 176.72 pesos diarios por jornada diaria de trabajo.

Segunda área de salarios mínimos generales

Por otro lado, la segunda área de Salarios Mínimos Generales está integrada por el resto de los municipios del país y las alcaldías de la Ciudad de México.

En esta área el salario mínimo general, que tendrá vigencia a partir del 1 de enero de 2019, será de 102.68 pesos diarios por jornada diaria.

 

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