¿Qué dice la ley sobre bloqueos en la CDMX?

 

Esta mañana Insurgentes colapsó por una manifestación de sindicalizados


La ciudad, acostumbrada al caos, vivió un episodio más de colapso vial tras una manifestación que sindicalistas realizaron en Insurgentes Sur, bloqueando la circulación a la altura de la Rectoría de la UNAM.

Los trabajadores de dicha institución académica optaron por el bloqueo para meter presión y exigir la revisión de su contrato colectivo y mejores condiciones.

Pero ¿Qué dice la ley cobre este tipo de acciones?

-Aunque usted no lo crea, o sí, en la Ciudad de México las marchas o concentraciones públicas sí están permitidas.

-Para organizar un evento de tal magnitud es necesario avisar con un plazo no menor a 48 horas a las autoridades.

-Lo anterior gracias a un fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que avaló cambios, en el 2016, a la Ley de Movilidad (artículos 212, 213 y 214) relacionados con manifestaciones en vías primarias de circulación continúa y la acción de autoridades para evitar bloqueos.

-La aprobación de los cambios a dichos artículos ha generado un debate desde aquel entonces por el porvenir en la Ciudad de México de la llamada protesta social, pues de no realizar el aviso podrían ser replegados por la policía y sería legal que encarcelen a los manifestantes.

-En la CDMX está prohibido bloquear vías primarias de circulación continúa (caso Periférico y Viaducto)

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FF