Juez declara inconstitucionales las fotomultas

 

Silva García afirma que violan la garantía de audiencia


Por violar la garantía constitucional de audiencia, un Juez de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, declaró inconstitucionales las fotomultas del Reglamento de Tránsito capitalino.

En un comunicado, el Consejo de la Judicatura Federal señaló que el juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa, Fernando Silva García, resolvió además que las autoridades capitalinas deben dejar sin efectos la boleta de infracción, devolver el pago realizado.

Y en caso de que la autoridad se encuentre facultada y decida emitir una nueva infracción, deberá otorgar a la parte quejosa el derecho de audiencia.

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Los agentes de policía podrán imponer las infracciones mediante el auxilio de la tecnología, con defensa previa.

Silva García declaró inconstitucionales los artículos 9, 60, 61, 62 y 64 del Reglamento de Tránsito de la ciudad, que prevén las fotomultas, por violar la garantía de audiencia prevista en el Artículo 14 de la Constitución Política mexicana.

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Éste otorga a las personas la oportunidad de defenderse antes de ser privado de la libertad, propiedad (patrimonio), posesiones o derechos.

De acuerdo con el artículo 14 constitucional, un video o una foto no debe generar en automático una sanción administrativa o penal. En todo caso debería tomarse como indicio para iniciar un procedimiento en forma de juicio con la participación del infractor.

También explica que el contrato con el gobierno capitalino que le estipula un porcentaje de ganancia cuando capta las infracciones de tránsito, tiende a desviar la finalidad pública del Reglamento.

(Con información de Notimex)

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NFA