En abril, la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México (ALDF) aprobó incrementar la pena a quienes cometen esta forma extrema de violencia y aniquilación de las mujeres a partir de la reforma al artículo 148 bis del Código Penal para el Distrito Federal.
De 20 a 50 años de prisión a quien cometa el delito de feminicidio dice la actual Ley. La reforma busca que la mínima se duplique y quede de 40 a 60 años; además de 500 mil días de multa.
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“Se considera establecer como pena mínima la de 40 años de prisión y como máxima 60 años por tratarse de una conducta que a diferencia del homicidio reúnen otras conductas tales como violencia, lesiones, desprecio, odio a la víctima, discriminación, etcétera”, señala en el documento.
Además del aumento de la pena mínima al doble, se pierden los derechos sucesores y la norma local se armoniza con la legislación federal. La propuesta estaba en la congeladora desde noviembre de 2016, cuando fue turnada a las comisiones para la Igualdad de Género y Atención a Grupos Vulnerables.
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Entre los objetivos del documento que presentaron los diputados Leonel Luna y Elizabeth Mateos del PRD, se expone la protección a un grupo más amplio de la población, incluyendo en el tipo penal de feminicidio la privación de la vida a persona de la comunidad LGBTTTI.
“Hoy sabemos que no basta con el reconocimiento nacional que se ha dado a la violencia de género contenida en la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia… consideramos necesario el reconocimiento de los extremos de esa violencia, de aquella que priva de la vida a las mujeres”.
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