Limita Corte Suprema deportaciones de Trump

 

Culpa Gobierno al tribunal por convertir a EU en refugio de criminales


La Corte Suprema de Estados Unidos (EU) determinó ayer que parte de una ley promotora de deportación contra inmigrantes declarados culpables de delitos no se puede aplicar porque es demasiado confusa. El gobierno del presidente Donald Trump deploró la decisión y sostuvo que convierte al país en refugio de criminales.

La decisión por cinco votos a favor y cuatro en contra se centra una cláusula de la ley que define “delito violento”. Si un inmigrante es culpable de un delito violento, puede ser deportado con mayor agilidad.

“El fallo de hoy socava significativamente los esfuerzos del Departamento de Seguridad Interna para deportar extranjeros convictos de ciertos crímenes violentos, incluidos los sexuales, secuestro y robo”, señaló la secretaria de Seguridad Interna, Kirstjen Nielsen.

Ya antes, un tribunal federal de apelaciones en San Francisco anuló la ley por considerarla demasiado ambigua y la Corte Suprema coincidió el lunes. El tribunal de apelaciones basó su resultado en una decisión de la Corte Suprema en 2015, que anuló una ley similar, la cual permitía imponer sentencias más largas a delincuentes reincidentes.

La magistrada Elena Kagan escribió que la decisión de 2015 “nos dice cómo resolver este caso”.

La decisión es un golpe para el gobierno del presidente Donald Trump que, al igual que el de Barack Obama, había defendido la ley.

“Al evitar que el Gobierno Federal deporte extranjeros con conductas penales conocidas y comprobadas, la Suprema Corte permite que nuestra nación se convierta en un refugio para los criminales, y como resultado nos hace más vulnerables”, señaló Nielsen.

El caso involucra al inmigrante filipino James García Dimaya, quien fue acusado de robo residencial en 2007 y 2009, por lo que la de Obama decidió iniciar el proceso de deportación del acusado.

Sin embargo, sus abogados argumentaron que su cliente, quien es residente legal permanente, nunca fue notificado de que los delitos lo hacían elegible para la deportación.

Con el argumento de la inconstitucionalidad que implica sumar los dos delitos de robo para tipificarlos como “delito agravado”, los abogados de García Dimaya llevaron su caso a la Novena Corte de Apelaciones y ganaron.

Bajo la ley vigente, un “crimen de violencia” es todo aquel que incluye ofensas donde se haya usado la fuerza o se pudo haber usado. En tales casos, el castigo es punible con deportación.