Comisiones del senado aprueban reforma laboral

Comisiones del senado aprueban reforma laboral
 

Comisiones del Senado aprobaron sin cambios la minuta de Reforma Laboral avalada la víspera por la Cámara de Diputados, que modifica 586 de 1010 artículos de la Ley Federal del Trabajo, para implementar el voto libre, secreto y directo para elegir a los líderes sindicales. Los integrantes de las comisiones del Trabajo y de Estudios […]


Comisiones del Senado aprobaron sin cambios la minuta de Reforma Laboral avalada la víspera por la Cámara de Diputados, que modifica 586 de 1010 artículos de la Ley Federal del Trabajo, para implementar el voto libre, secreto y directo para elegir a los líderes sindicales.
Los integrantes de las comisiones del Trabajo y de Estudios Legislativos acordaron que las reservas al dictamen serán discutidas en el pleno.

Esta reforma visibiliza a los trabajadores del campo, respeta los derechos de seguridad social de las empleadas del hogar y elimina las Juntas de Conciliación y Arbitraje, además, se crean en el Poder Judicial tribunales laborales.

Además de la Ley Federal del Trabajo, se modifican también la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley Federal de la Defensoría Pública, la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social en materia de justicia laboral, libertad sindical y negociación colectiva.

El senador de Morena, Napoleón Gómez Urrutia, presidente de la Comisión del Trabajo, reconoció que esta una legislación perfecta, pero es un gran paso adelante.

“El trabajo que se ha venido haciendo durante muchos meses y años, finalmente hoy lo consolidamos como un paso muy importante adelante. No hay legislación laboral perfecta, que yo sepa en el mundo, siempre habrá puntos de discusión. (…) Hemos recibido una serie de propuestas y documentos por escrito, conciliar todas sería un proceso inacabable y corremos el riesgo de que dando un paso adelante y teniéndolo ya seguro después de todas estas discusiones y análisis se pudiera perder y enredarnos en la perfección que nunca vamos a alcanzar, yo creo que sería complicado y muy difícil”.

Patricia Mercado, senadora de Movimiento Ciudadano, aseveró que esta reforma no es una imposición de Estados Unidos para ratificar el T-MEC.

“Que es una historia de lucha en este país, que no es imposición de ningún lado, pero finalmente también los sindicatos de Canadá y de Estados Unidos tienen el derecho de decir oye, queremos piso parejo, o sea, necesitamos que realmente puedan los trabajadores mexicanos por lo menos tener un terreno de lucha, de pelea por sus derechos más equitativos, más adecuados para situarnos en otra situación”.

La reforma establece que las mujeres y los hombres tienen igualdad de derechos y obligaciones, garantía que se establece en lo general y específicamente en función de la protección de las trabajadoras y trabajadores con responsabilidades familiares, asegurando la igualdad de trato y oportunidades.

Se crea el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, que será un organismo público descentralizado del gobierno federal. Tendrá personalidad jurídica y plena autonomía técnica, operativa, presupuestaria y de gestión.

Será competente para substanciar el procedimiento de conciliación que deberán agotar los trabajadores y patrones antes de llegar a los tribunales.

Operará el registro de todos los contratos colectivos de trabajo, reglamentos interiores de trabajo y de las organizaciones sindicales, así como los procesos administrativos relacionados.

Se crean los centros de conciliación de las entidades federativas, que tendrán la atribución de realizar la conciliación en el ámbito local.

Igualmente, se crean los tribunales del Poder Judicial de la Federación y los tribunales de las entidades federativas, encargados del conocimiento y resolución de conflictos.

En su actuación, los jueces y secretarios instructores deberán observar los principios de legalidad, imparcialidad, transparencia, autonomía e independencia.

El dictamen refiere que los integrantes de sindicatos, federaciones y confederaciones tienen los derechos de libre afiliación y de participación al interior de éstos e implica que no pueden ser obligados a formar parte de algún sindicato, federación o confederación.

Subraya que los procedimientos de elección de sus directivas deberán salvaguardar el pleno ejercicio del voto personal, libre, directo y secreto de los integrantes, así como ajustarse a reglas democráticas y de igualdad de género.

Aclara que el periodo de duración de las directivas no podrá ser indefinido o de una temporalidad tal que obstaculice la participación democrática de los afiliados. Además, las directivas deberán rendir cuenta completa y detallada de la administración de su patrimonio.

El registro del sindicato podrá cancelarse por incumplimiento de su objetivo cuando sus dirigentes incurran en actos de extorsión contra los patrones.

Sobre la firma de contrato colectivo, el dictamen indica que el apoyo de los trabajadores mediante el voto libre, personal y secreto constituye una garantía para la protección de la libertad de negociación colectiva.

Respecto de las y los trabajadores del hogar, los patrones están obligados a inscribirlos al Instituto Mexicano del Seguro Social y pagar las cuotas correspondientes conforme a las normas aplicables en la materia.