Eva Cadena, ex candidata a la presidencial municipal de Las Choapas, Veracruz, recibió medio millón de pesos presuntamente destinados a Andrés Manuel López Obrador, dirigente nacional del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), hecho que podría ser considerado como un delito electoral.
¿Qué es un delito electoral?
Son aquellas acciones u omisiones que ponen en peligro el adecuado desarrollo de la función electoral y atentan contra las características del voto, el cual debe ser universal, libre, directo, personal, secreto e intransferible.
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¿Quién puede cometer delitos electorales?
Cualquier persona, funcionarios electorales, funcionarios partidistas, precandidatos, candidatos, servidores públicos, organizadores de campañas y ministros de culto religioso.
¿Cuántos años de cárcel son por delito electoral?
De acuerdo con la Ley General en Materia de Delitos Electorales, puede variar la pena con días multa o hasta la prisión.
Artículo 15. Se impondrá de mil a cinco mil días multa y de cinco a quince años de prisión al que:
1.Por sí o por interpósita persona realice, destine, utilice o reciba aportaciones de dinero o en especie a favor de algún precandidato, candidato, partido político, coalición o agrupación política, cuando exista una prohibición legal para ello, o cuando los fondos o bienes tengan un origen ilícito, o en montos que rebasen los permitidos por la ley.
La pena prevista se aumentará hasta en una mitad más cuando la conducta se realice en apoyo de una precampaña o campaña electoral
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Santiago Nieto, titular de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade), explicó que el delito electoral se puede castigar con 5 a 15 años de prisión.
El video donde aparece Eva Cadena recibiendo el dinero se tomará como prueba para indagarla y determinar si incurrió en un delito.
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GG