Libres, 10 presuntos sicarios; se acogen a sistema penal

 

Se registraron violaciones al debido proceso durante sus detención


En medio de uno de las mayores crisis de seguridad, donde los integrantes del crimen organizado sólo eran llevados a prisión por la portación de armas, sobre todo al norte del país, en días pasados fueron liberados 10 integrantes de un comando armado acusados de la muerte de un mando de la Policía Federal, pues se registraron violaciones al debido proceso durante sus detención.
Y es que las autoridades no les pudieron imputar la delincuencia organizada para mantenerlos en prisión, en consecuencia el delito de portación de armas, ya no es considerado grave pues así lo establece el Código Nacional de Procedimientos  Penales.
Además que hubo contradicciones en las forma en que fueron detenidos, pues la autoridad ministerial no ´pudo confirmar la tentativa de homicidio, es decir que se hayan opuesto a la detención a tiros un otra manera que haya puesto en riesgo la vida de los agentes federales que los capturaron.
En este sentido, al menos 2 mil presos  se podrían  ver beneficiados con este nuevo esquema con base a la  retroactividad pro homine del Artículo Quinto Transitorio de la Miscelánea Penal, donde delitos como la portación de armas de usos exclusivo del ejército; robo a casa habitación, y aunque el ladrón haya forzado  la chapa y sea sorprendido por los propietarios no irá a prisión; así como el robo de hidrocarburos, con los denominados “tlachicoleros”.
Un claro ejemplo se vio a un día que la SCJN legitimó la aplicación del artículo Quinto Transito, que seguirá vigente hasta que se haya ejecutado la última sentencia de internos procesados bajo el antiguo régimen judicial de corte inquisitivo mixto; cuando fueron liberados los 10 presunto sicarios del coordinador operativo de la Policía Federal, Juan Camilo Castagné Velasco y su subordinado, Alberto Sánchez Ruiz.
“…en la continuación de la audiencia inicial, se dictó auto de no vinculación a proceso, sin efectos de sobreseimiento, a favor de la totalidad de los imputados, por advertirse que lo narrado por los elementos aprehensores en la puesta a disposición, se encontraba en oposición a diversos datos de prueba que se describieron en la propia audiencia, los cuales se concluyó permitían determinar, para efectos de esa etapa procesal, que los hechos que motivaron la intromisión a un inmueble y la posterior detención de los imputados, no ocurrieron en la forma descrita por los aprehensores”, fue uno de los argumentos del juez.
Ello obligó a una reacción inmediata de las autoridades federales, quienes ejecutaron la orden de aprehensión en contra de los detenidos por el delito de homicidio calificado, en contra de las referidas personas, con ello, se obligará al Ministerio Público federal a confirmar científicamente las acusaciones en contra de los detenidos sobre su participación en el homicidio de los agentes federales.