¿Es lavado de dinero?

 

El lavado de dinero merecen que, desde el punto de vista ciudadano se hagan algunas puntualizaciones técnicas


El escándalo en el que se encuentra el candidato de la coalición Por México al Frente, Ricardo Anaya con el delito de moda, el lavado de dinero merecen que, desde el punto de vista ciudadano se hagan algunas puntualizaciones técnicas.

Primero.- Con base en las disposiciones fiscales y de lavado de dinero, esta operación seguramente fue reportada y también causó y pagó impuestos con el traslado de dominio, el Impuesto Sobre la Renta –ISR- y el Impuesto al Valor Agregado –IVA-. Al pagar impuestos automáticamente no existe lavado de dinero.

Segundo.- En la escritura pública existe claramente un apartado que se denomina certificaciones. Este apartado lo señala de manera clara; y para ello, justamente, el fedatario público (notario público), quien certifica que el comprador declara bajo protesta de decir verdad que el origen de los recursos de la compra-venta de la nave industrial es lícito. Igualmente certifica que el vendedor, en este caso la empresa del candidato y su familia política, quedan a salvo, precisamente, de cualquier responsabilidad en relación con el origen de los recursos, con los que se paga la transacción.

Tercero.- La legislación sobre lavado de dinero es absolutamente clara en relación a los sujetos (quienes están obligados). Una empresa desarrolladora, como su empresa y mucho menos una persona física común, que hace operaciones eventuales o aisladas, no está sujeta de la ley en tanto no son instituciones financieras, como bancos, casas de bolsa, aseguradores, entre otras, quienes sí lo están, incluso tienen la obligación de tener controles estrictos para verificar el origen y destino de los recursos que transitan por éstas. Caso contrario, todos estaríamos en el supuesto de ser investigadores sobre el dinero que llega a nuestras manos diariamente; no tenemos esa facultad, ni esa obligación. La ley nos limita simplemente a no realizar operaciones en efectivo por cierto monto o con joyas, dólares o situaciones extrañas, pero no ante un notario, un registro público y un sistema bancario regulado y supervisado de manera muy exhaustiva.

Cuarto.- La transacción se liquidó y pagó con transferencias electrónicas a través del sistema bancario mexicano y no en efectivo, como la ley limita y prohíbe.

Las transacciones inmobiliarias de compra-venta, que se realizan mediante sistema financiero regulado en México, la cuales son certificadas y registradas por un notario público y que pagan impuestos, son imposibles de ser declaradas como lavado de dinero, y menos aún cuando las transacciones se hicieron con valor de mercado, donde se conjura sobre el precio o la ganancia extrema y, por tanto, ilícita. Con esta argumentación vale la pena volver a preguntar: ¿hay lavado de dinero?“gasolinazo” y luego las alzas continúas.