Tortura, práctica cotidiana

 

Las torturas y las confesiones obtenidas por esa vía son el motor y la gasolina que mueven a la implacable máquina trituradora de inocentes


Las torturas y las confesiones obtenidas por esa vía son el motor y la gasolina que mueven a la implacable máquina trituradora de inocentes, la fábrica de culpables que opera en México, a ciencia y paciencia, con aceptación y tolerancia de todo tipo de autoridades “investigadoras”, desde hace varios sexenios.

Con este “recurso del método” suelen construirse voluminosos expedientes y puede asegurarse que no hay caso relevante de la justicia y de la comunicación mediática en este país que no esté manchado por tormentos extremos, apremios psicológicos y amenazas de muerte contra el imputado y toda su familia.

“La reina de las pruebas” solía llamársele irónicamente desde el siglo pasado a la tortura, pues parecía no requerirse de una corroboración de los dichos en los hechos, ni un cruce de información entre las confesiones y los peritajes, con las circunstancias de modo, tiempo y lugar para dar como buenas las admisiones autoinculpatorias de personas en manos de la autoridad.

Ayer fue el Día Internacional en Apoyo de las Víctimas de la Tortura. En la ocasión, el representante en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Jan Jarab, declaró verdades de a kilo: –“Que a causa de la tortura, el que una persona confiese haber cometido un delito no significa haber probado su culpabilidad; significa haber vencido su capacidad para resistir el dolor”.

–Personas privadas de su libertad, y cuya confesión fue obtenida bajo tortura, no son delincuentes confesos; son víctimas de un delito: “La tortura no hace a una persona culpable o inocente de un ilícito: la hace víctima de un delito”.

–Privar de la libertad a cualquier persona es una decisión que debe apoyarse exclusivamente con la existencia de evidencias incontrovertibles, obtenidas de manera legal y que acrediten la responsabilidad de ese sujeto, “en estricto apego a la presunción de inocencia”.

–La carga de probar la responsabilidad de un indiciado corresponde al Estado, siempre en sujeción y acatamiento a lo que dice la ley.

No son matices, sino la raíz, el centro de la perversión de la justicia tal como se practica en nuestro país, donde los retenidos son “culpables”, mientras ellos no prueben lo contrario.

Sobre esa base atiborrada de injusticias operó durante décadas la figura del “arraigo”, una especie de detención arbitraria, pero legalizada por el gobierno, para mantener hasta 90 días retenido a un sospechoso mientras se lograban reunir las pruebas suficientes de su eventual comisión de delitos. Aún así, nunca quedaba claro si toda imputación provenía de confesiones bajo tortura de “testigos protegidos” pagados, esa otra punta de la pinza perversa para llevar a inocentes a prisión.

Sobran ejemplos: el ex subsecretario de la Defensa Nacional, general Tomás Ángeles Dahuajare; el ex subprocurador de la República Noé Ramírez Campuzano; el excomisario de la Policía Federal Javier Herrera Valles, todos libres después de años de cárcel injusta, torturas y testigos acusadores falsos.

También fueron liberados los supuestos autores de los “granadazos” de Morelia del 15 de septiembre de 2008. A Israel Vallarta (12 años preso sin sentencia), a dos de sus hermanos y a tres sobrinos se les imputan secuestros “narrados” por testigos bajo tortura y consigna.

Ya obtuvieron su libertad tres de ellos, pues los jueces no hallaron las pruebas que inventó esa misma PGR que construyó la “verdad histórica” del caso Ayotzinapa con decenas de torturados también.