Fallo de Suprema Corte marca límites al Cisen

 

No se puede argumentar que este tipo de información tiene que ver con la seguridad nacional


La orden de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que el gobierno dé a conocer el número de teléfonos que fueron intervenidos es relevante para la regulación de dicho órgano que ha negado información bajo el argumento de la seguridad nacional, opinó el exombudsman capitalino, Luis González Placencia.

Consideró benéfico para la sociedad que la SCJN a través de sus resoluciones vaya marcando cuáles son los límites y alcances de las atribuciones del Centro de Investigación y Seguridad Nacional (Cisen), así como del concepto de “seguridad nacional”.

“Fomenta la transparencia, por otra parte, le manda un mensaje al Cisen de que no se puede argumentar que este tipo de información tiene que ver con la seguridad nacional, hay un régimen para la intervención de llamadas telefónicas, y ese régimen hay que cubrirlo, obviamente tiene que existir una orden judicial que lo autorice, y siempre que se justifique se puede hacer.

“Naturalmente la información es de interés público, y agotadas las circunstancias que hubiesen ameritado la intervención, y si no se derivó de ahí ningún efecto jurídico no hay ninguna razón para que se oculte. Creo que la ciudadanía tiene derecho a saber si la están espiando o no”, dijo a CAPITALMEDIA el defensor de derechos humanos.

“Depende de los casos, primero hay que seguir el principio de máxima publicidad que plantea que todo aquello que es de interés público tiene que poder ser informado a la ciudadanía sin mayor reserva, pero a ello se opone esta posibilidad de reservar alguna información cuando se compromete la seguridad nacional”, agregó.