Sistema Penal confronta a poderes Judicial y Ejecutivo

 

Caso de Miguel Guzmán Loera, hermano de El Chapo, evidencia disputa


Miguel Ángel Guzmán Loera, alias El Mudo, detenido en un restaurante de Culiacán, Sinaloa, mientras festejaba el cumpleaños de una de sus hijas fue señalado por inteligencia del Ejército como responsable financiero del Cártel de Sinaloa, que comandaba su hermano, Joaquín; el consanguíneo del Chapo era el responsable de cobrar los envíos y adquirir inmuebles que serían utilizados como casas de seguridad para la organización, además de comprar los vehículos en que se desplazarían los miembros del cártel.

Luego de su captura fue enviado al penal de máxima seguridad del Altiplano, en Almoloya de Juárez, Estado de México, donde se le sentenció a 13 años de prisión.

Sin embargo, en julio de 2015 su hermano, El Chapo, escapó del Altiplano y –tres meses después– Miguel Ángel Guzmán Loera fue trasladado junto con otros peligrosos capos del narcotráfco al Centro Federal de Readaptación Social número 13 de Miahuatlán, Oaxaca, ello bajo el argumento de que la sobrepoblación del penal de máxima seguridad del Altiplano representaba un riesgo para la seguridad de los reclusos.

La defensa de El Mudo tramitó un amparo para obligar a las autoridades a regresarlo al Altiplano, el cual ganó en febrero de 2016, al obtener una suspensión defnitiva contra su traslado a Oaxaca.

La confrontación.

La juez Primero de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México, Nadia Villanueva Vázquez, determinó conceder la protección de la justicia a Guzmán Loera como parte del nuevo Sistema de Justicia Penal, el cual establece que las reformas a los artículos constitucionales 18 y 21, que entraron en vigor el 19 de junio de 2011, reestructuraron el sistema penal y determinaron la creación de la figura de los “jueces de ejecución de sentencias”, a nivel estatal o federal, únicos facultados para decidir en torno de sentencias, traslados o liberación de reos.

Inconforme, el director del Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social (OADPRS) dependiente de la Comisión Nacional de Seguridad (CNS), Eduardo Guerrero, ordenó a la dirección de Amparos y Derechos Humanos de la dependencia, impugnar la decisión judicial, bajo el argumento de que el traslado se efectuó por cuestiones de seguridad, en un acto jurídico superior al debido proceso.

Además, consideró que la jurisprudencia de la Suprema Corte en torno a las modifcaciones de los artículos 18 y 21 de la Constitución, se extralimitan de sus funciones, pues no puede modifcar o cambiar la ley. Considera también que elPoder Judicial no tiene capacidad sufciente para designar jueces de sentencia para cada caso. Finalmente, argumentó que el artículo 8 de su reglamento interno faculta al OADPRS a realizar traslados con objeto de mantener el orden, estabilidad y seguridad de los Centros Federales; sin embargo, los jueces siguen resolviendo en el sentido de que al órgano administrativo no le corresponden tales determinaciones.

Argumentos que fueron rechazados el 17 de noviembre pasado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito con sede en Toluca y ratifcó el amparo para que Miguel Ángel Guzmán Loera fuera regresado al penal del Altiplano.

Sin embargo, el OADPRS se ha negado consistentemente en cumplir tal sentencia, lo cual podría colocarlo en desacato. Hace unas semanas la juez Nadia Villanueva confrmó que a un mes y medio de la confrmación de la sentencia aún no se tiene la confrmación de las autoridades penitenciarias de haber recibido al menos la notifcación para cumplir con el acuerdo.

Un asunto que, de confrmarse, benefciaría a otros internos en la misma situación, trasladados de manera autoritaria a otros penales.