Banjercito debe hacer transparentes gastos de Fideicomiso de Transición

 

México, 4 Feb (Notimex).- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instó al Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada (Banjercito) dar a conocer toda la información respecto al Fideicomiso de Transición 2018. También, ordenó a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) buscar y […]


México, 4 Feb (Notimex).- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instó al Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada (Banjercito) dar a conocer toda la información respecto al Fideicomiso de Transición 2018.

También, ordenó a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) buscar y dar a conocer copias del listado de estudios y diagnósticos pagados con recursos de este mismo fideicomiso.

El comisionado Joel Salas Suárez dijo que hacer pública la información que interesa a los particulares permitirá demostrar cómo se utilizó el dinero del Fondo para la Transición, por ejemplo, si se ejercieron los recursos para levantar el censo del bienestar o dar certeza a la población si los recursos no fueron ejercidos.

Al presentar, en conjunto, tres asuntos de revisión ante el pleno, destacó que el derecho de acceso a la información y la transparencia son dos atributos indisolubles a la noción de democracia en el país y, abundó, “sin duda, la población hoy tiene la expectativa de un gobierno transparente y que documente la forma cómo ejerce el poder”.

Salas Suárez señaló que una forma de fortalecer la confianza en la administración federal es institucionalizar iniciativas de transparencia proactiva para que la población tenga a la mano la información que considera más relevante.

En la primera solicitud, una persona requirió al Banjercito conocer por qué no se han hecho transparentes los gastos del Fideicomiso de Transición 2018, así como toda la información en posesión del sujeto obligado respecto a dicho instrumento jurídico.

Al responder, el sujeto obligado dijo ser incompetente para conocer de lo solicitado y orientó al requirente a dirigirse a la SHCP, a través de la Unidad de Política y Control Presupuestario, como responsable de la aplicación de los recursos del Fideicomiso referido, contra lo cual el particular interpuso recurso de revisión.

En alegatos, el sujeto obligado reiteró su respuesta original y explicó que la UPCP se encarga de establecer el mecanismo presupuestario y las reglas para la operación del fondo específico, así como de verificar que los recursos del fideicomiso se apliquen para los fines para los cuales fue constituido.

En el análisis del caso, a cargo de la ponencia del comisionado Salas Suárez, se advirtió que el sujeto obligado sí cuenta con atribuciones para conocer respecto a la documentación del Fideicomiso de Transición 2018, toda vez que, con el carácter de fiduciario, se encarga de la contratación de los servicios personales, materiales y de servicios que el Comité Técnico de dicho fideicomiso hubiere autorizado al equipo del entonces presidente electo.

Además, Banjercito recibe del equipo del presidente electo la documentación respecto a la utilización de los recursos utilizados con cargo a los bienes del fideicomiso en cuestión.

La segunda solicitud se hizo a la SHCP, caso en el que un particular solicitó copias del listado de estudios y diagnósticos pagados con recursos del Fideicomiso de Transición 2018. El sujeto obligado respondió que no cuenta con lo solicitado, pero puso a disposición los gastos realizados por el fideicomiso.

El particular, inconforme, interpuso recurso de revisión, porque se le entregó información que no corresponde con lo solicitado. En este caso, se advierte que se omitió turnar la solicitud a todas las unidades administrativas competentes, por lo que el agravio del particular fue fundado.

En una tercera solicitud de acceso, otra persona requirió a la Oficina de Presidencia de la República la información del financiamiento de la consulta ciudadana sobre los proyectos del gobierno de Andrés Manuel López Obrador y las primeras acciones diagnósticas emprendidas por el equipo de transición.

En respuesta, el sujeto obligado señaló ser incompetente para conocer de lo solicitado. Inconforme con lo anterior, se interpuso recurso de revisión ante el INAI.

De acuerdo con el análisis de la normatividad que rige las atribuciones de la Oficina de Presidencia de la República, se confirmó su incompetencia, toda vez que no tiene atribuciones para participar en el Fideicomiso de Transición 2018.

Por ello, el pleno del INAI decidió revocar la respuesta del Banjercito y le ordenó asumir competencia, así como turnar la solicitud de acceso a todas sus unidades administrativas competentes, para localizar la información requerida, y notifique al particular el resultado de la búsqueda.

 

 

NTX/BCG/CHA