Reventa de boletos, negocio sin castigo

Reventa de boletos, negocio sin castigo
Reventa de boletos, negocio sin castigo 

En el caso de la Ciudad de México, Ley de Cultura Cívica la reventa constituye una falta administrativa, de acuerdo con el artículo 25 fracción 11


Se ha vuelto costumbre en México la reventa de boletos en casi todos los eventos masivos, ya sea musical o deportivo, entre otros; lamentablemente, la gente ha optado por otras opciones, entre ellas, la compra directa a los llamados “revendedores” o bien, través de redes sociales sin que haya una ley para castigar a los responsables.

En el caso de la Ciudad de México, Ley de Cultura Cívica la reventa constituye una falta administrativa, de acuerdo con el artículo 25 fracción 11, además de que aquellos que incurran en este falta tendrán que pasar con arresto.

Sin embargo, en muchos de los casos los revendedores “hacen su agosto” al amparo de las autoridades policiacas.
Los boletos se venden en páginas web, vía WhatsApp y en la reventa legal con páginas como Stubhub o la empresa mexicana Bolettos, los cuales fungen solo como intermediarios.

Deficiencias en la venta y reventa de boletos de las plataformas legales han propiciado un mercado negro de reventa que encarece las entradas a conciertos y otros eventos de espectáculos.

El Congreso analiza actualmente establecer medidas contra el abuso por parte de empresas que comercializan boletos a través de medios electrónicos y digitales.

Ley Federal de Protección al Consumido

La Ley Federal de Protección al Consumidor no regula cuestiones como la variación del precio por parte de los intermediarios a través de plataformas legalmente reconocidas, además de que la reventa en medios electrónicos y digitales tampoco se encuentra tipificada en el Código Penal Federal.

De acuerdo con el estudio “La venta y reventa de boletos de espectáculos en México”, elaborado por la investigadora Lorena Vázquez Correa de la Dirección General de Análisis Legislativo del Instituto Belisario Domínguez (IBD), en los últimos años se ha observado que los boletos para entrar a espectáculos llegan al mercado secundario al poco tiempo de salir a la venta.

Ello permite a los revendedores de boletos encarecer los costos de manera discrecional sin que exista una legislación para sancionar este tipo de abusos.

Vázquez Correa señala que en la actualidad hay un vacío legal e institucional para la protección de los derechos de las personas consumidoras de eventos de espectáculos frente a los abusos de algunas empresas.

Ley Federal de Competencia Económica

La investigación refiere que la Ley Federal de Competencia Económica no hace una referencia explícita al sistema de venta/reventa de boletería, mientras que la figura del “beneficio de dispensa” ha contribuido a que las principales plataformas de venta los boletos queden exentas de cualquier tipo de sanción o multa por causa de prácticas monopólicas.

Revela que en la Cámara de Diputados se han presentado diversas iniciativas que buscan regular la venta de boletos de espectáculos, incluyendo una que plantea medidas contra el abuso por parte de empresas que comercializan boletos a través de medios electrónicos y digitales.