Fundamental consolidar a la SCJN como verdadero tribunal constitucional

 

Ricardo Monreal señala que la propuesta de establecer en la ley la distribución por materia de las salas.


Es de suma importancia que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se consolide en su función como defensora de la Constitución, por lo cual, el marco jurídico que la rige debe propiciar que los sometidos a su conocimiento sean mayoritariamente aquellos que conllevan la aplicación e interpretación de las disposiciones constitucionales.

Para ello, el coordinador del Grupo Parlamentario de Morena en el Senado de la República, Ricardo Monreal, promoverá reformas a la Carta Magna y a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación (PJF) para consolidar al máximo órgano judicial y cabeza del Poder Judicial Federal de México, como un verdadero tribunal constitucional y reduzca los tiempos de tramitación de los asuntos que le competen.

En su exposición de motivos, el senador subraya que la modificación al artículo 94 constitucional se refiere a la potestad del Tribunal Pleno de regular a través de acuerdos generales las materias que competen al conocimiento de las salas y, a fin de dar congruencia al sistema normativo.

En tanto que la reforma a la ley orgánica del PJF, consiste en adicionar el artículo 21 BIS, en el que se especifican las materias que corresponde conocer a cada Sala para cumplir con las atribuciones que les son conferidas en la propia ley.

Al establecer las competencias exclusivas para cada sala de manera expresa en Ley Orgánica –agrega–, se atiende la necesidad de certeza jurídica del gobernado, a la innecesaria contradicción que surge a la falta de unificación de criterios entre las salas sobre temas que versan una misma materia, a la seguridad que da la uniformidad en los criterios y la pericia que es posible desarrollar al emitir resoluciones en una materia especializada.

Ricardo Monreal señala que la propuesta de establecer en la ley la distribución por materia de las salas, refuerza los esfuerzos legislativos por brindar todo el respaldo para que la SCJN cumpla a cabalidad con lo que mandata la Carta Magna.

Subraya que dichas modificaciones que promoverá no afectan en modo alguno el ejercicio de la facultad de atracción por parte de los ministros, pues se plantea que, derivado de la distribución de materia a las salas, los asuntos que se conozcan al ejercer esta facultad sean turnados de acuerdo a la materia que corresponde conocer a cada sala, sin importar que el ministro que la ejerció pertenezca o no a la misma.