MORENA propuso incrementar las medidas de seguridad en la operación de guarderías

Guardería Foto: Internet
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Para muchos padres de familia, estos lugares son la única opción para que sus hijos sean atendidos y cuidados durante el tiempo que ellos se van a sus fuentes de trabajo.


Para evitar tragedias como la ocurrida en la guardería ABC, de Sonora, en junio el 2009, la diputada de Morena, Wendy Briceño Zuloaga, propuso reformar los artículos 42 y 49 Bis, de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, a fin de establecer el mejoramiento progresivo y fortalecer las medidas de seguridad para la operación de las estancias infantiles.

Dijo que para muchos padres de familia, estos lugares son la única opción para que sus hijos sean atendidos y cuidados durante el tiempo que ellos se van a sus fuentes de trabajo, ante la imposibilidad de contar con una persona que pueda hacerse cargo mientras ellos trabajan.

Sin embargo, la legisladora dijo que es necesario realizar estas reformas a la mencionada legislación para hacer obligatorio el uso de equipos o sistemas tecnológicos como una medida de seguridad nacional en las estancias infantiles.

En su propuesta, la legisladora señala que siniestros como explosiones que pueden ocasionar ondas expansivas y la generación de proyectiles pueden causar muerte o lesiones, así como incendios y su severidad, dependiendo de la exposición a radiaciones térmicas, disminución de oxigeno o exposición a gases tóxicos.

Con la modificación quedaría claramente establecido que los Centros de Atención deberán contar con instalaciones hidráulicas eléctricas, de gas, equipos portátiles y fijos contra incendios, de intercomunicación y especiales, de acuerdo con los reglamentos establecidos por la Federación, las entidades federativas y la Ciudad de México, observando en todo momento la clasificación de riesgos establecidos en las Normas Oficiales Mexicanas para tal efecto.

“Ningún establecimiento, que por su naturaleza, giro o actividad, o por el material que maneja, ponga en riesgo la integridad física y emocional de niñas y niños y demás personas que concurran a los Centros de Atención, podrá estar ubicado en un radio de distancia menor de quinientos metros”, agregó la diputada Briceño.

En cuanto a la reforma al artículo 49 Bis dijo que quedaría establecido que las guarderías deberán hacer uso de manera obligatoria de equipos o sistemas tecnológicos para la captación o grabación de imágenes o sonidos como una medida de seguridad adicional para prevenir cualquier riesgo o emergencia que se presente en las instalaciones, salvaguardando la integridad de los menores en términos de las disposiciones legales aplicables.