No hubo confabulaciones, ni acuerdos de la ley en el proceso penal contra Laura Morán y Alejandra Cuevas: Ernestina Godoy

No hubo confabulaciones, ni acuerdos de la ley en el proceso penal contra Laura Morán y Alejandra Cuevas: Ernestina Godoy
 

“Las y los Ministros del máximo tribunal del país, a quienes reitero nuestro más amplio respeto, en ningún caso, sostuvieron que las autoridades hubiesen fabricado un delito o que hubiesen manipulado la Ley”.


CIUDAD DE MÉXICO, 31 de Marzo de 2022.- La Titular de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJ-CDMX) Ernestina Godoy Ramos, Justificó el “Proceso Penal” contra Laura Morán Servín y Alejandra Guadalupe Cuevas Morán, tras la determinación del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra del Fiscal General de la República Alejandro Gertz Manero.

“La Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México está abierta al escrutinio público y a la evaluación constante, nuestro trabajo es revisado todos los días por los diferentes órganos del Poder Judicial, ahí se confirman, rectifican o revocan nuestras actuaciones, ni confabulaciones, ni acuerdos al margen de la Ley, estricto acatamiento a las órdenes judiciales”.

Godoy Ramos, hizo un recuento del caso y destacó que la averiguación previa por el fallecimiento de Federico Gertz Manero, inició en el año de 2015 a partir de una denuncia.

“En dos ocasiones, los Ministerios Públicos de la entonces Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México, tras valorar las constancias con las que se contaban en el expediente, determinaron el No ejercicio de la Acción Penal”.

Sin embargo Inconforme el denunciante (Alejandro Gertz Manero), solicitó por segunda ocasión el amparo y protección de la justicia federal, Juicio de amparo que le fue negado, por lo que interpuso un recurso de revisión.

Derivado de esto el 29 de noviembre de 2017, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito concedió el amparo al denunciante y estableció con precisión los lineamientos para las actuaciones ministeriales y ordenó al Ministerio Público que recabara diversos testimonios, pruebas periciales en distintas especialidades, declaraciones de testigos y declaraciones de las indiciadas; y una vez realizadas las diligencias ordenadas, valorara todas las pruebas obtenidas y resolviera lo que en derecho procediera.

“El Ministerio Público de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, una vez desahogadas las diligencias ordenadas por el Tribunal Federal, determinó ejercitar acción penal en contra de las indiciadas por la probable comisión del delito cometido en agravio de una persona”.

La Abogada de la Ciudad de México, destaco que la Juez 67 Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México (TSJ-CDMX) consideró que con el caudal probatorio presentado era suficiente para otorgar las órdenes de aprehensión y dictar un auto de formal prisión.

“Hago énfasis en que, tanto la parte denunciante como las acusadas, siempre hicieron valer su derecho de inconformarse, con la presentación de pruebas, testimoniales y pruebas periciales, y lo hicieron a través de los recursos procedentes, lo que garantizó el derecho de tutela judicial efectiva de las partes”.

“Tal fue el caso, que las decisiones en el resultado de los distintos recursos, fueron favorables en diversos momentos a todas las partes, sin que se advirtiera jurídicamente alguna inclinación hacia alguna de ellas”.

Además enfatizó que la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) fue unánime con relación al amparo y sus efectos, mas no en sus consideraciones.

“Cada una y cada uno de los ministros estableció razonamientos diferentes, lo cual muestra claramente que no existe una sola apreciación jurídica de los hechos que se juzgaron”.

No hubo confabulaciones, ni acuerdos de la ley en el proceso penal contra Laura Morán y Alejandra Cuevas: Ernestina Godoy

Así mismo, aseguró que las autoridades ministeriales y jurisdiccionales tienen potestad para valorar y apreciar el alcance de los medios probatorios, con lo que la autoridad de amparo puede estar o no de acuerdo, pero cada uno de ellos realiza su función en sus respectivos ámbitos de atribuciones constitucionales y legales.

“Las y los Ministros del máximo tribunal del país, a quienes reitero nuestro más amplio respeto, en ningún caso, sostuvieron que las autoridades hubiesen fabricado un delito o que hubiesen manipulado la Ley”.

También señaló que la Corte, no refirió que las pruebas de cargo aportadas por la acusación fueran falsas, o que se hubieran obtenido ilícitamente o hubieran sido alteradas.

“La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en su Sesión del Pleno, no señaló en ningún momento que existiera alguna actuación irregular de esta Fiscalía General de Justicia”.

Godoy Ramos, dijo que la Fiscalía a su cargo atenderá lo que le corresponda jurídicamente y dijo que esperaran el engrose de la SCJN, es decir, el documento final de la sentencia, finalmente hizo algunas precisiones:

“El proceso penal inició a partir de una denuncia, es obligación del Ministerio Público investigar todas las denuncias que reciba, el Ministerio Público cumplió su encomienda constitucional de investigar los delitos, su actuación fue revisada por Jueces, salas penales, Tribunales federales, tanto de distrito como colegiados, hasta llegar al máximo Tribunal del país”.

La Fiscal hizo hincapié, en que el Ministerio Público capitalino, cumplió con todos y cada uno de los protocolos y procesos que la Ley establece, como en cada caso que investiga cada día.

“Se presentaron pruebas, mismas que sirvieron para que las autoridades judiciales tomaran sus determinaciones, la autonomía de los Ministerios Públicos se demostró durante todo el proceso”.

“En ningún momento estuvo influida por terceros ni por instrucciones al margen de la Ley. Repito, nadie influyó en la actuación del Ministerio Público”.

Finalmente dijo que la SCJN, en su sesión del Pleno del pasado Lunes, 28 de Marzo, no señaló en ningún momento que existiera actuación irregular de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México.

“Reitero, atenderemos lo que nos corresponda jurídicamente y esperaremos el engrose, es decir, el documento final y oficial de la sentencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al margen de la Ley, nada, por encima de la Ley, nadie”.

Guillermo Espinosa / @Guiesga