Desde el 27 de marzo, el trámite del Registro Único de Animales de Compañía (RUAC); se convirtió en un requisito obligatorio para todos los habitantes de la CDMX que cuenten con mascotas.
De acuerdo con una de las últimas modificaciones de la Ley de Protección y Bienestar de los Animales que entraron en rigor luego de su publicación en la Gaceta Oficial del Gobierno de la Ciudad de México, es obligatorio tener a nuestras mascotas registradas pues de lo contrario habrá multa.
Básicamente, el RUAC es un equivalente a la Clave Única de Registro de Población (CURP) pero aplicado para los animales de compañía de los capitalinos.
Con este tipo de registros, se podrá identificar oficialmente a las mascotas para su propio beneficio pues habrán distintas disposiciones para protegerlas.
Con la modificación del artículo 66 de la Ley de Protección y Bienestar de los Animales, los titulares que no realicen el trámite se harán acreedores a una multa de entre 2 mil 279 y 3 mil 365 pesos.
Aunado a lo anterior, también se sumará un arresto de 24 a 36 horas en cuestión de la gravedad del caso.
AGM