¿Cuándo es el nuevo día de descanso obligatorio 2024?

 

Este 2024 será el primer año en el que los trabajadores podrán tener un día libre durante el mes de octubre gracias.


La Ley Federal del Trabajo ha contemplado un nuevo día de descanso obligatorio en el calendario.

Este 2024 será el primer año en el que los trabajadores podrán tener un día libre durante octubre gracias a la reforma a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales que se llevó a cabo en 2021.

La modificación a la ley que se realizó indica que la toma de posesión del Poder Ejecutivo Federal se llevará a cabo el 1 de octubre, por lo que será en este día cuando los trabajadores gocen de un descanso obligatorio.

Anteriormente, la toma de protesta de los presidentes electos se realizaba el primero de diciembre cada seis años, por lo cual con la nueva reforma, este importante acto se adelantó un par de meses.

Y será en 2024 cuando se utilice este nuevo descanso obligatorio por primera ocasión, ya que se llevarán a cabo las elecciones del nuevo presidente de México, por lo que este 1 de octubre los trabajadores deberán tener el día libre.

Esta fecha de asueto se volverá a repetir hasta 2030, es decir dentro de seis años, cuando se vuelva a realizar la toma de protesta, tras los comicios para elegir mandatario o mandataria.

En caso de que tu jefe te pida laborar el primero de octubre o cualquier otro día de descanso obligatorio contemplado por la Ley Federal del Trabajo, deberás recibir un pago extra por prestar tus servicios.

“Las personas trabajadoras que deban presentarse a laborar de manera habitual tendrán derecho a recibir independientemente del salario que les corresponda (…), un salario doble”, indica la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.

Esto quiere decir que deberán hacerte un pago triple. Por ejemplo, si por día ganas 400 pesos, tu patrón tiene que pagarte mil 200 pesos: 400 pesos de tu salario habitual y 800 extra por trabajar en un día de descanso obligatorio.

Para este año, calendario contempla como días feriados para los trabajadores las siguientes fechas:

  • El primero de enero
  • El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
  • El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
  • El primero de mayo
  • El 16 de septiembre
  • El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
  • El primero de octubre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
  • El 25 de diciembre

KJ