Si trabajas el 1 de diciembre, debes cobrar el triple

 

De acuerdo con la ley los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso


Este sábado primero de diciembre será la toma de protesta del presidente electo, Andrés Manuel López Obrador. Este día es uno de los más importantes de la historia nacional debido al cambio que representa en la vida política del país.

Debido a su importancia, el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo prevé que como día de descanso obligatorio el “1º de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal”.

De acuerdo con la ley los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso, sin embargo si por alguna razón los obligaran a trabajar, el patrón pagará, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado.

Es decir, se les deberá de cubrir el salario diario normal más el doble, dice la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).

Pero si tu patrón no te quiere pagar esta cantidad, puedes acudir a la Profedet que pone a tu disposición los números telefónicos 01800 911 7877 y 01 800 717 2942 para toda la República o escribe al correo [email protected], en donde te brindaran orientación de forma gratuita.

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