Estas son las prestaciones laborales de ley

 

Tienes derecho a un aguinaldo, día de descanso, prima vacacional...


El salario no es el único factor determinante al momento de buscar empleo, también debes considerar las prestaciones laborales de ley como un apoyo a tu labor.

A las prestaciones adicionales se les denomina superiores, porque justamente porque son un extra a las que marca la ley.

Conoce las prestaciones de Ley, según la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo

Seguridad Social

Los trabajadores tienen derecho a ser incorporados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para recibir atención médica sin costo, esta prestación también cubrirá sus incapacidades por enfermedad o maternidad.

Adicionalmente el trabajador queda afiliado al Fondo Nacional de Vivienda y al Sistema de Ahorro para el Retiro. De este modo el patrón se obliga a realizar las aportaciones correspondientes a estas entidades, de acuerdo con el Portal de Empleo.

Vacaciones

Al cumplir un año de trabajo, las personas tienen derecho a 6 días de vacaciones por lo menos, con goce de sueldo.

Prima Vacacional

Es una cantidad adicional que se paga para el disfrute de las vacaciones.

Cuando se cumpla más de un año de servicios, se tendrá derecho a 6 días de vacaciones por lo menos.

A partir del segundo año de servicios y por cada año subsecuente, aumentará en 2 días las vacaciones, hasta llegar a 12 días por cada año subsecuente.

A partir del quinto año de servicios, aumentará en 2 días de vacaciones por cada 5 años de servicios.

Si trabajas por temporada el periodo de vacaciones se otorgará en proporción al número de días trabajados en el año.

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Aguinaldo

Esta prestación contempla 15 días de salario si se tiene un año de antigüedad o la parte proporcional en caso de no haberlo cumplido.

Prima dominical

Se trata del monto adicional que paga el patrón al trabajador por laborar en domingo, cuando tenga como descanso cualquier otro día de la semana. El patrón está obligado a pagar el 25% sobre el salario base.

Día de descanso semanal

Es un derecho que tiene el trabajador a disfrutar de un día de descanso por cada seis trabajados.

Adicionalmente son descansos obligatorios los señalados por la STPS (Secretaría del Trabajo y Prevensión Social). Si se trabaja en esos días, la ley establece que se paguen doble.

Licencia de maternidad

Las mujeres trabajadoras tienen derecho a descansar 6 semanas antes y 6 semanas después del parto, con el objetivo de que se concentren en su maternidad y cuidado del infante.

Licencia por adopción

Las mujeres trabajadoras tienen derecho a descansar 6 semanas en caso de adoptar un infante.

Periodo de lactancia

Dos descansos extras de 30 minutos para que las madres trabajadoras pueden alimentar a sus hijos después del nacimiento.

Licencias de paternidad y adopción

Los hombres trabajadores podrán no asistir al trabajo durante cinco días laborables a partir del nacimiento/adopción de su hijo.

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Utilidades

Los trabajadores tienen derecho a recibir una parte de las ganancias obtenidas por su patrón el año anterior. Deberán pagarse del 1 de abril al 30 de mayo tratándose de empresas y del 1 de mayo al 29 de junio tratándose de personas físicas.

Prima de antigüedad

Pago adicional de 12 días de salario por cada año de servicio. En el caso de no laborar el año completo, se pagará parte proporcional según el tiempo trabajado. El trabajador debe recibirlo cuando se separe voluntariamente de su empleo, siempre que haya laborado 15 años o más.

Prestaciones derivadas por renuncia

Facultad del trabajador para dar por terminada voluntariamente la relación de trabajo, por convenir así a sus intereses. Se otorgan las siguientes prestaciones:

-Salarios correspondientes a los días laborados y no pagados
-Aguinaldo
-Vacaciones
-Prima vacacional
-Participación de utilidades adeudadas
-Prima de antigüedad, siempre que haya laborado 15 años o más

PRESTACIONES SUPERIORES

De inicio si la empresa te ofrece más días de vacaciones, un mayor porcentaje de prima vacacional o más días de aguinaldo de los establecidos por ley, ya estamos hablando de prestaciones superiores. Pero adicionalmente algunas empresas ofrecen beneficios como estos:

Seguro de Gastos Médicos Mayores

Asegura a los trabajadores para ser atendidos en hospitales y clínicas privados por accidentes o enfermedades mayores.

Seguro de Vida

Consiste en una póliza por una suma de dinero determinada que se entrega a la familia del trabajador en caso de que este muera.

Vales de despensa

Pueden ser canjeados por alimentos y otros artículos en establecimientos determinados.

Fondos de Ahorro

La empresa retiene un porcentaje mensual del sueldo del trabajador –nunca mayor a 13 por ciento- durante un ciclo de 12 meses y al mismo tiempo aporta un porcentaje igual, generalmente se entrega una vez al año.

Bono de Productividad

Además de ser una prestación atractiva impulsan a los trabajadores a cumplir sus metas y objetivos.

Ayuda o servicio de transporte

Puede ser un monto fijo en efectivo o en forma de vales de gasolina para que el trabajador se traslade por cuenta propia. Otra modalidad es transportar a los trabajadores en unidades especiales.

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