Propone PT reformas a la Ley de Instituciones de Crédito; que dinero ilícito se destine a beneficia pública

Propone PT reformas a la Ley de Instituciones de Crédito; que dinero ilícito se destine a beneficia pública Foto: @CelesteDgo
Propone PT reformas a la Ley de Instituciones de Crédito; que dinero ilícito se destine a beneficia pública Foto: @CelesteDgo  

Propone PT reformas a la Ley de Instituciones de Crédito; que dinero ilícito se destine a beneficia pública. La UIF ha bloqueado más de 41 mil cuentas.


Para que el dinero de procedencia ilícita se destine a la beneficencia pública y no a las cuentas globales de los bancos, el Partido del Trabajo en la Cámara de Diputados impulsa una iniciativa de reforma a la Ley de Instituciones de Crédito.

La legisladora Celeste Sánchez Romero manifestó que la iniciativa pretende que se aplique la extinción de dominio, que estos recursos aseguren su destino al patrimonio de la beneficencia pública y se apliquen en forma preferente a la rehabilitación de personas con adicciones.

Indicó que el propósito de la extinción de dominio en este tipo de delitos es debilitar las finanzas de las organizaciones delincuenciales e identificar los bienes que son de origen y destinación ilícitos.

Destacó que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) ha bloqueado más de 41 mil cuentas bancarias con cerca de 7 mil millones de pesos de procedencia ilícita o lavado de dinero mismos que debido a vacíos legales pasan a las cuentas globales administradas por los bancos.

Explicó que la reforma la Ley de Instituciones de Crédito tiene la finalidad de atender este vacío en torno a la recuperación de dichos recursos y se dé aviso a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) al prescribir el tiempo de reclamación y no permitir que al final se remitan a las cuentas globales de los bancos, pues con ello no se obtiene ninguna utilidad social, detalló la parlamentaria federal.

Sánchez Romero dijo que la iniciativa pretende que se aplique la extinción de dominio, que estos recursos aseguren su destino al patrimonio de la beneficencia pública y se apliquen en forma preferente a la rehabilitación de personas con adicciones.

Indicó que el propósito de la extinción de dominio en este tipo de delitos es debilitar las finanzas de las organizaciones delincuenciales e identificar los bienes que son de origen y destinación ilícitos.

La petista comentó que si bien es cierto que el marco jurídico aplicable en la materia prevé lo relativo a la prevención de dicho delito, a través del congelamiento de cuentas o la inclusión del sujeto en la lista de personas bloqueadas, también es cierto que este es omiso respecto del fin último de los recursos congelados por su posible procedencia ilícita de los mismos.

“Por tal motivo, resulta necesario reformar el artículo 61 de la Ley de Instituciones de Crédito a fin de establecer que las instituciones de crédito deberán informar a la SHCP, a través de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, de aquellas cuentas que no han sido reclamadas en un periodo de 3 años así como montos que mantienen, previo a enviarlas a la cuenta global, con el fin de que la Secretaría determine si las mismas tienen relación con operaciones de procedencia ilícita y si las mismas deben ser materia de aviso o denuncia ante la Fiscalía General de la República para el efecto de que, si así lo considera, promueva el procedimiento de extinción de dominio correspondiente”, resalto.