SAT hace esperar 10 meses a un contribuyente para un “sí” o un “no”

Oficinas centrales del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en la CDMX. Foto: Cuartoscuro 

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente denuncia caso inédito


Por ROSALBA AMEZCUA

Por considerar una grave violación a los derechos de un contribuyente por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT), la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) denunció un caso inédito: El SAT pidió a un pagador de impuestos esperar 10 meses para resolver su petición .

La Prodecon precisó que el artículo 34 del Código Fiscal de la Federación establece que los contribuyentes podrán acudir al SAT a solicitar que les resuelva las consultas que tengan sobre la aplicación de la ley fiscal a situaciones reales y concretas en las que se encuentren.

“Se trata de una empresa que desde junio de 2017 acudió al SAT a preguntar si el IVA lo causaba sobre el importe total de la nómina de sus trabajadores que le es administrada por un tercero o bien si sólo debía cubrir ese impuesto sobre la comisión que paga por esa administración”, explicó.

Como el Administrador Central de Normatividad en Impuestos Internos del SAT, nunca le contestó al contribuyente, éste acudió a Prodecon a presentar una Queja para que la autoridad le resolviera su consulta, ya fuera en sentido positivo o negativo.

“Lo que la empresa buscaba, como lo hacen muchos contribuyentes, es tener certeza jurídica sobre cómo cumplir con sus obligaciones fiscales”, indicó la Prodecon.

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Pese a que la Prodecon tramitó la queja y en reiteradas ocasiones requirió al Administrador Central del SAT para que resolviera la consulta del contribuyente, el servidor público se limitó medularmente a responder que no podía exigírsele justificar su retraso.

Además, que en todo caso la empresa tenía posibilidad de interponer los medios de defensa que en derecho procedieran; ello en flagrante violación al derecho de petición consagrado en el artículo 8 constitucional.

Lo inédito del caso es que la autoridad del SAT aduce que no le causa perjuicio alguno al contribuyente, ya que éste puede “continuar esperando” a que el SAT dicte la resolución, o bien, ir a pelear a tribunales, expuso.

Es decir, abundó, que pretende que los derechos fundamentales se debatan en juicio para que se cumplan; además de que desafía abiertamente la defensa ciudadana no judicial de derechos que realiza Prodecon.

LGG