SCJN determina los límites territoriales entre Oaxaca y Chiapas

SCJN determina los límites territoriales entre Oaxaca y Chiapas. El resto de los efectos será analizado en la próxima sesión.
Guillermo Espinosa Publicado el
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En una decisión histórica, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció los límites que deben regir entre los estados de Oaxaca y Chiapas.

Los Ministros de la SCJN, determinaron que la línea limítrofe que debe regir entre ambas entidades partirá de sur a norte e iniciará en la Barra de Tonalá a los 16 grados de latitud norte, en dirección noroeste hasta el cerro del “Chilillo”, de ahí con dirección noroeste hasta el cerro de “La Jineta” y de ahí, con rumbo noreste, hasta el cerro de “Los Martínez”.

Para llegar a la conclusión a la controversia constitucional número 121/2012, promovida por el Estado de Oaxaca, en contra del Estado de Chiapas, la SCJN se basó, fundamentalmente, en una prueba pericial en geografía y cartografía, la cual permitió discernir y obtener una conclusión respecto a los puntos limítrofes que rigieron desde 1549 a la Nueva España y la Capitanía General de Guatemala y que hoy integran la frontera entre los Estados de Oaxaca y Chiapas.

Con base en lo anterior y por lo que se refiere al polígono del municipio de Belisario Domínguez, los Ministros advirtieron que éste fue creado en un espacio geográfico que no corresponde al Estado de Chiapas, de conformidad con la línea limítrofe entre ambas entidades federativas, establecida por la propia SCJN.

Como parte de los efectos de la resolución, el Pleno determinó que los Congresos de ambos estados, dentro de los próximos 30 meses contados a partir de la notificación de los puntos resolutivos de la sentencia, deberán realizar las modificaciones pertinentes a sus Constituciones y leyes respectivas, a efecto de incorporar los puntos limítrofes de la frontera que han sido reconocidos en la sentencia.

Además, el Máximo Tribunal del país ordenó al Estado de Chiapas realizar las adecuaciones en su Constitución y en el resto de su marco normativo, a fin de que modifique los límites del municipio de Belisario Domínguez, de manera que sean congruentes con la línea limítrofe fijada.

El resto de los efectos de la histórica resolución, será analizado durante la próxima sesión del Pleno de la SCJN.

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