SFP sancionó a “Pulsar Consultoría y Constructora S.A. de C.V” y la multó con 1 millón 300 mil pesos

CONALEP Foto: Internet
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Este procedimiento se inició a partir de una denuncia presentada por el Ayuntamiento de Huixquilucan, Estado de México.


Con la inhabilitación por tres años y una multa de 1 millón 314 mil 720 pesos la Secretaría de la Función Pública (SFP) sancionó a la empresa “Pulsar Consultoría y Constructora S.A. de C.V”. debido a que, sin justificación alguna, incumplió el contrato para obras de mejora en un plantel del Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica (CONALEP) plantel Huixquilucan, ubicada en el Estado de México, con lo cual se ocasionó un daño al erario.

Dicha sanción se deriva de una rigurosa investigación realizada a través de la Dirección General de Controversias y Sanciones en Contrataciones Públicas, en la que se acreditó que no obstante que a la empresa se le otorgó un anticipo, abandonó la obra de mejora del área deportiva del plantel de CONALEP faltando 45% de su construcción, sin reintegrar los recursos públicos que se le otorgaron.

Por lo que se determinó que la empresa infringió la “Ley de Obras Públicas y Servicios” relacionados con las mismas, pues con las conductas en que incurrió, además de causar daños graves al erario, vulneró los principios de eficiencia y honradez que rigen los procedimientos de contratación, contemplados en el artículo 134 Constitucional.

Este procedimiento se inició a partir de una denuncia presentada por el Ayuntamiento de Huixquilucan, Estado de México.

Por otra parte, la Función Pública, dio a conocer a través del Diario Oficial de la Federación (DOF) sobre la inhabilitación por seis meses que el Órgano Interno de Control (OIC) en Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos impuso a la empresa “Pavimentos y Urbanizaciones del Sur, S.A. de C.V.”

Empresa a la que además se le impuso una multa económica por 256 Mil 850 pesos por proporcionar información falsa al participar en una licitación para proveer trabajos de conservación y mantenimiento de la autopista México-Puebla.

El OIC determinó que la empresa ocultó que uno de sus accionistas también tenía participación en otra constructora, Pavimentos y Urbanizaciones de Querétaro, S.A. de C.V., que de igual manera se postuló para la licitación, lo que contraviene a los supuestos del artículo 51 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

La SFP, señaló que su titular Irma Eréndira Sandoval Ballesteros ha señalado en diversas ocasiones que nadie puede lucrar indebidamente con los recursos públicos, por lo que ha instruido a las áreas sustantivas de la Función Pública a acompañar y vigilar todo contrato y adquisiciones gubernamentales, para prevenir y sancionar cualquier irregularidad que pudiera resultar en deficiencias o en actos de corrupción.