SCJN da revés al ‘Bronco’ quien impugnaba facultades sobre presupuesto al Congreso de Nuevo León

Jaime Rodríguez Calderón Foto: Internet
Jaime Rodríguez Calderón Foto: Internet 

El Pleno del máximo Tribunal Constitucional, determinó que la posibilidad de que las reformas a la Constitución Local se voten en un mismo período de sesiones se enmarca en las atribuciones del Congreso.


La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio revés a Jaime Rodríguez Calderón, “El Bronco”, Gobernador de Nuevo León, quien presentó una impugnación en contra de las facultades del Congreso de Estado para modificar el Presupuesto de la entidad.

En la sesión remota de este jueves, el Tribunal Pleno, validó los artículos de la Constitución Política del Estado de Nuevo León que facultan al Congreso Local para modificar el Presupuesto de Egresos enviado por el Poder Ejecutivo (Local); y determino un plazo de tres días para que dicho Poder haga observaciones a las modificaciones que el Congreso lleve a cabo; y permiten que las reformas a la Constitución Estatal sean aprobadas en un mismo periodo de sesiones, el pleno considero que:

“La atribución del Congreso para modificar el Presupuesto no viola la división de poderes, pues se encuentra inmersa en su facultad para aprobarlo, la cual se rige, entre otros, por las disposiciones de la Constitución General, la Constitución Local y la Ley para la Administración Financiera Estatal; además de que dicho órgano se encuentra obligado a justificar los cambios que realice”.

En la Sesión, realizada a través del sistema de “video conferencia”, el Ministro ponente Javier Laynez Potisek, señaló que:

“La Constitución federal establece claramente que es facultad de los Congresos Estatales aprobar el presupuesto, y que esto incluye la posibilidad de hacer las modificaciones que considere necesarias, siempre sujetándose a las limitantes y criterios de la política económica, y a los factores financieros”.

Rodríguez Calderón, centraba la controversia Constitucional en que al modificar el presupuesto presentado por él, el congreso estaba invadiendo sus facultades, sin embargo, los Ministros coincidieron que la aprobación anual de los ingresos y egresos de un gobierno estatal por parte del legislativo es parte del control democrático del ejercicio público,

“Por lo cual los diputados pueden hacer los ajustes que consideren necesarios, siempre que sean adecuadamente fundados y motivados”.

El Pleno del máximo Tribunal Constitucional, determinó que la posibilidad de que las reformas a la Constitución Local se voten en un mismo período de sesiones se enmarca en las atribuciones del Congreso y no interfiere con la facultad que se otorga al Poder Ejecutivo para presentar iniciativas, ni implica que no se analizarán de manera exhaustiva propuestas de reforma que puedan incidir en su ámbito de competencia.