Los edificios con amparo para seguir con rescate

Para evitar que haya una remoción de los montículos de concreto
Israel Yáñez G Publicado el
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Ante el temor de que amigos y familiares se encuentren con vida entre los escombros, siete personas de la Ciudad de México han acudido a los tribunales a presentar amparos y obtener la suspensión de plano en contra del acto de autoridad, y con ello evitar que haya una remoción de los montículos de concreto.

  • Unidad Habitacional Tlalpan Edificio 1C (tiene dos amparos)
  • Calle Álvaro Obregón número 286
  • Escocia número 4
  • Calle Ámsterdam número 107
  • Calles Petén y Emiliano Zapata
  • Calle Puebla número 282

 

Sobre los amparos, hasta que no haya un dictamen oficial de personal especializado en materia de ingeniería, protección civil, topografía y demás que avale que en dicho lugar ya no hay personas con vida, y se hagan responsables ante la ley sobre este peritaje, no se podrá levantar la suspensión otorgada por la autoridad judicial.

Y es que, en caso de que las autoridades confirmen que en ese lugar ya no había personas vivas, y resulte un caso contrario , entonces podrían ser inculpadas de delitos como homicidio culposo y tentativa de homicidio.

Así sucedió en el caso de la señora Laura Ramos, quien a través de un representante legal identificado como Federico Manuel Rodríguez Paniagua promovió el juicio 1252/2017 ante el juzgado Undécimo en Materia Administrativa en la Ciudad de México, quien concedió la suspensión del plano ante el riesgo de perder la vida.

El juicio fue promovido desde el pasado 22 de septiembre, cuando se dijo que iban a ser suspendidas las labores de rescate en el inmueble donde se ubicaba un complejo habitacional y se iba a dar paso a la entrada de maquinaria pesada para demoler el edificio, ubicado en la calle de Enrique Rebsamen 241, que representaba un riesgo para el personal que trabajaba en la zona.

“En atención a que el acto reclamado consiste en la omisión de continuar con las labores de búsqueda y rescate de la persona por la que se presentó esta demanda, así como la orden de ingresar maquinaria y equipo para remover escombros en el inmueble ubicado en Enrique Rébsamen, doscientos cuarenta y uno, colonia Narvarte…”, fue el acto reclamado.

En este sentido, el juez otorgó la suspensión de plano: “se concede la suspensión de plano para el efecto de que las autoridades de Protección Civil realicen las acciones necesarias que determinen que si es factible o no el uso de maquinaria para el retiro de escombros de la zona afectada, quedando bajo su más estricta responsabilidad el análisis respectivo.., debiendo en todo momento optar por preservar la vida de las personas que pudieran encontrarse entre los restos de los inmuebles de que se trata…”, determinó el juez.

A pesar de los esfuerzos, humanos, técnicos y hasta legales para encontrar con vida a la señora Laura Ramos, este domingo fue encontrado su cuerpo, por lo cual quedó sin efectos la restricción legal otorgada por las autoridades judiciales para que no fuera demolido en su totalidad el inmueble antes de que se agotaran todos los medios para localizar a la víctima, ya fuera con vida o recuperar su cuerpo.

Por otra parte, no se descarta que los trabajadores de diversas dependencias acudan a las instancias judiciales a tramitar juicios de

amparo en contra de los actos de autoridad que ponen en riesgo su vida; en este caso, que regresen a los inmuebles que ellos consideran fueron afectados por el sismo de 7.1 grados, y están en riesgo de colapsarse.

Al respecto, el doctor en derecho Óscar Valdés Ramírez explicó que la vida es el bien máximo tutelado por la ley, y cualquier persona que considere que su vida corre riesgo a través de cualquier acto de autoridad –en este caso son los trabajadores de cualquier instancia del gobierno–, pueden ampararse.

Y es que trabajadores de diversas instancias de gobierno, sobre todo del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México y la Procuraduría General de Justicia de la CDMX, denunciaron a través de las redes sociales que algunos inmuebles de tales dependencias sufrieron severos daños en su estructura y tienen miedo de que ante un nuevo sismo, o el uso cotidiano, se colapsen con ellos en su interior.

En este sentido, el experto en materia de amparo reconoció el derecho de los empleados a externar su preocupación, y que pueden

acudir a instancias legales para evitar regresar a trabajar mientras no se compruebe –por medio de un dictamen pericial especializado en protección civil– que las instalaciones laborales e inmuebles de gobierno no representan un riesgo latente para su integridad física y su vida.

Si las autoridades, mediante las instancias correspondientes, incluso con apoyo expertos externos, garantizan por escrito que los inmuebles no representan un riesgo para la protección civil y haya condiciones óptimas para laborar, entonces los empleados podrán regresar a laborar sin ninguna restricción; no obstante, la autoridad y sus funcionarios se hacen responsables ante la ley si sucede lo contrario del dictamen que están entregando.

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