Las penas por feminicidios en la CDMX

 

La ALDF aprobó en abril modificar el Código Penal para incrementar los castigos contra agresores de mujeres


En abril, la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México (ALDF) aprobó incrementar la pena a quienes cometen esta forma extrema de violencia y aniquilación de las mujeres a partir de la reforma al artículo 148 bis del Código Penal para el Distrito Federal.

De 20 a 50 años de prisión a quien cometa el delito de feminicidio dice la actual Ley. La reforma busca que la mínima se duplique y quede de 40 a 60 años; además de 500 mil días de multa.

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“Se considera establecer como pena mínima la de 40 años de prisión y como máxima 60 años por tratarse de una conducta que a diferencia del homicidio reúnen otras conductas tales como violencia, lesiones, desprecio, odio a la víctima, discriminación, etcétera”, señala en el documento.

Además del aumento de la pena mínima al doble, se pierden los derechos sucesores y la norma local se armoniza con la legislación federal. La propuesta estaba en la congeladora desde noviembre de 2016, cuando fue turnada a las comisiones para la Igualdad de Género y Atención a Grupos Vulnerables.

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Entre los objetivos del documento que presentaron los diputados Leonel Luna y Elizabeth Mateos del PRD, se expone la protección a un grupo más amplio de la población, incluyendo en el tipo penal de feminicidio la privación de la vida a persona de la comunidad LGBTTTI.

“Hoy sabemos que no basta con el reconocimiento nacional que se ha dado a la violencia de género contenida en la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia… consideramos necesario el reconocimiento de los extremos de esa violencia, de aquella que priva de la vida a las mujeres”.

 

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