Liberan a militar que disparó contra presuntos ladrones

La autoridad acreditó que actuó en legítima defensa
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Por Guillermo Espinosa

La Procuraduría General de Justicia capitalina informó que el militar retirado, de 56 años de edad, que disparó contra dos individuos armados que lo amenazaron para quitarle dinero en efectivo y que derivó en la muerte de uno de ellos, quedó en libertad, al acreditarse que actuó en legítima defensa para salvaguardar su integridad.

Sin embargo el agente del Ministerio Público continúa las indagatorias para definir la situación legal del segundo implicado en el ilícito (probable delincuente), quien se encuentra hospitalizado y bajo custodia de la Policía de Investigación.

Los primeros informes ministeriales establecen que tiene antecedentes penales por robo en 2014, cuando era adolescente.

Un comerciante que resultó lesionado en los hechos fue dado de alta después de recibir atención médica en un hospital de la delegación Gustavo A. Madero

Este hecho en redes sociales llamó la atención y un sector calificó al Militar en retiro como un héroe, por haber actuado en legítima defensa, mientras que otro sector lo acusa de abuso en el uso del arma de fuego.

¿Un militar en situación de retiro puede portar arma en la vía pública?

Según el articulo 24 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, así como artículo 22 del reglamento interior de los miembros del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, quedan *Exceptuados de licencia* para portar arma de fuego, los generales, jefes y oficiales que aun vestidos de civil, podrán portar el arma, previa identificación cuantas veces les sea requerida por la autoridad competente.

La tarjeta única de identificación militar no es una licencia para portar armas, únicamente sirve para acreditar la calidad de general, Jefe u Oficial del militar, (activo o en situación de retiro).

Sin embargo, en la Tesis de Jurisprudencia numero 10/2004, aprobada por la Primera Sala, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en la sesión del dieciocho de febrero de dos mil cuatro, se estableció que para el caso del personal de tropa, quienes en actos fuera del servicio, sólo podrán portar armas de fuego, cuando tengan la autorización escrita respectiva.

Por lo tanto,  un general, jefe u oficial retirado, puede portar un arma de fuego corta en cualquier calibre permitido por la misma “Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos o de uso exclusivo del ejército”.

Dentro de las reformas a la “Ley para acotar el fuero militar”, desde 2014, el Senado de la República aprobó que los militares que incurran en delitos del fuero común, deberán ser sentenciados en juzgados civiles, mientras que en delitos del orden federal, deberán ser juzgados en juicios Militares.

Luego del intento de asalto en las calles Joaquín Herrera y Vidal Alcocer, en  la zona centro de la Ciudad de México, Silvano ”N”, fue detenido por policías capitalinos y presentado en la agencia del Ministerio Público Cuau-2, en calidad de inculpado, es decir, está bajo sospecha de haber cometido una infracción a la Ley, por lo que está en calidad de acusado en el proceso penal, mientras esté en curso la investigación preparatoria.

El Abogado defensor de Silvano “N”, Cesar Gutiérrez, habría señalado previo a la resolución, que su defendido, podría ser vinculado a proceso por exceso en la legítima defensa, sin embargo Silvano “N” quedo en libertad Se determinó que actuó en legítima defensa.

LEE: Militar disparó a ladrones en legítima defensa: Amieva

dsl.

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