SCJN avala marihuana medicinal y muerte digna en CDMX

 

También dio aval a los derechos sexuales y reproductivos


La Suprema Corte de Justicia de La Nación (SCJN) comenzó este martes a emitir sus resoluciones respecto a las controversias presentadas en contra de la Constitución Política de la Ciudad de México.

Uno a uno, los puntos a discutir fueron desahogados por los Ministros que integran el pleno de la SCJN, quienes determinaron si las controversias eran procedentes o si los puntos de las Constitución capitalina eran válidos y podían seguir su curso por el método de la mayoría de votos.

De esta forma, la Suprema Corte avaló que la Constitución Política haga mención al uso de la marihuana para fines medicinales, ya que en el artículo en el que se habla al respecto, se aclara que este no entrará en vigor hasta que el Congreso de la Unión modifique la Ley General de Salud.

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Otro de los puntos resueltos por la SCJN fue el de permitir que en la Constitución local se utilice el término del “derecho a una muerte digna”; la controversia nació porque la PGR impugnó ese artículo, argumentando que en las leyes federales la eutanasia y el suicidio asistido se encuentran prohibidos.

Sin embargo, la Suprema Corte determinó que el concepto de “muerte digna” no se trata sólo de eutanasia o suicidio asistido, ya que en el artículo de la constitución se habla de cuidados paliativos y apoyo médico y psicológico para las personas que se encuentran en fase terminal.

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En cuanto a los derechos sexuales y reproductivos, los cuales son mencionados en un párrafo de la Constitución que menciona la necesidad de otorgar información completa, científica, no estereotipada, diversa y laica, la Suprema Corte también tomó partido.

Determinó que el gobierno local está en su derecho de intervenir en esos puntos y esto no representa una violación al derecho que tiene  los padres de educar a sus hijos conforme a sus convicciones morales y religiosas.

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