El ABC de la verificación vehicular en 2018

 

Lo que deben hacer si no verificaron en el segundo semestre de 2017


El gobierno de la Ciudad de México otorgó una prórroga para verificar los vehículos que circulan en la capital del país, ya que que los 55 nuevos verificentros autorizados que entrarán en operación en 2018, estarán equipados hasta el primer semestre del próximo año.

Aquí les decimos todo lo que tienen que saber para verificar sus autos el próximo año.

En caso de NO contar con Constancias de Verificación Vehicular

Los propietarios o poseedores de los autos que no cuenten con Constancias de Verificación Vehicular vigente deberán registrarse en el portal de la Sedema, con la finalidad de obtener la Constancia Provisional de Verificación Vehicular que le indique a que tipo de restricción deberá sujetarse conforme a lo establecido en el Programa Hoy No Circula o Programa de Contingencias Ambientales Atmosféricas.

Dicha constancia deberá ser presentada para su verificación vehicular en el segundo semestre 2018.

Los que NO hayan verificado durante el segundo semestre de 2017

Los propietarios o poseedores de los vehículos que no hayan realizado su verificación durante el segundo semestre de 2017 o en el período de tiempo correspondiente deberán realizar lo siguiente:

a) Obtener una línea de captura para el pago de la multa por verificación extemporánea, la cual se obtiene en el portal oficial de Internet de la Secretaría de Finanzas o en Locatel en el teléfono 56-58-11-11.

b) Deberán pagar una multa por verificación vehicular extemporánea equivalente a 20 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente. La vigencia del pago de la multa es de 30 días naturales a partir del pago de la misma, siendo el tiempo que tiene para obtener la Constancia Provisional de Verificación Vehicular.

c) Para obtener dicha constancia deberá disponer de su Tarjeta de Circulación e ingresar los datos requeridos al portal de Sedema en el apartado de verificentros.

d) Imprimir y portar la Constancia Provisional de Verificación Vehicular generada a través del portal, así como la multa y su respectivo comprobante de pago original, para ser mostrado a la autoridad ambiental competente que así lo requiera, a efecto de evitar una sanción administrativa.

e) Respetar las restricciones al Programa Hoy No Circula o Programa de Contingencias Ambientales Atmosféricas, de acuerdo al tipo Constancia Provisional de Verificación Vehicular que porte.

Para los que se registran por primera vez

Los propietarios o poseedores de los vehículos nuevos o usados que se registren por primera vez en la Ciudad de México, deberán realizar lo siguiente:

a) Disponer de su Tarjeta de Circulación e ingresar los datos requeridos al portal de la dependencia dentro de los 180 días a partir de la fecha de la Tarjeta de Circulación.

b) Imprimir y portar la Constancia Provisional de Verificación Vehicular generada a través del portal, para ser mostrada a la autoridad ambiental competente que así lo requiera, a efecto de evitar una sanción administrativa.

c) Respetar las restricciones al Programa Hoy No Circula o Programa de Contingencias Ambientales Atmosféricas, de acuerdo al tipo de Constancia Provisional de Verificación Vehicular que porte.

Para los taxis y transporte público

Los propietarios o poseedores de taxis o transporte público de pasajeros en los que se conserva la placa, pero se cambia de unidad, así como las Unidades de transporte público de pasajeros y carga con número de matrícula ya asignado, pero que no cuenten con las placas metálicas, o que únicamente cuenten con trámite de sustitución ante la Secretaría de Movilidad deberán realizar lo siguiente:

a) Disponer de los datos de su Tarjeta de Circulación y/o documento de asignación de la Secretaría de Movilidad e ingresar los datos requeridos al portal, dentro de los 180 días a partir de la fecha de la Tarjeta de Circulación y/o documento de asignación de la Secretaría de Movilidad.

b) Imprimir y portar la Constancia Provisional de Verificación Vehicular generada a través del portal, para ser mostrada a la autoridad ambiental competente que así lo requiera, a efecto de evitar una sanción administrativa.

c) Respetar las restricciones al Programa Hoy No Circula o Programa de Contingencias Ambientales Atmosféricas, de acuerdo al tipo de Constancia Provisional de Verificación Vehicular que porte.

Para los autos siniestrados o recuperados

Los propietarios o poseedores de los vehículos que no hayan sido verificados debido a robo de la unidad, siniestro, reparación mayor o alguna otra problemática no imputable al usuario, no se harán acreedores al pago por verificación extemporánea, siempre y cuando les sea autorizada la ampliación del período por la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire de la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México (DGGCA), y deberán realizar lo siguiente:

a) Realizar el trámite de ampliación del periodo de verificación conforme a los requisitos que se encuentran en el link de la página oficial de Internet de la Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno de la Ciudad de México

b) Disponer de los datos de su Tarjeta de Circulación e ingresar los datos requeridos al portal.

c) Imprimir y portar la Constancia Provisional de Verificación Vehicular generada a través del portal y el oficio de ampliación del periodo de verificación vehicular, para ser mostrados a la autoridad ambiental competente que así lo requiera, a efecto de evitar una sanción administrativa.

d) Respetar las restricciones al Programa Hoy No Circula o Programa de Contingencias Ambientales atmosféricas, de acuerdo al tipo de Constancia Provisional de Verificación Vehicular que porte.

Por esto darán prórroga en verificación vehicular

JCS