Admite SCJN controversia de Michoacán contra “superdelegados”

 

Juan Luis González Alcántara Carrancá será quien realice el proyecto de sentencia


La Suprema Corte de Justicia de la Nación admitió a trámite la controversia constitucional presentada por el Gobierno de Michoacán, que preside Silvano Aureoles, en contra de los delegados estatales o “superdelegados”.

De está forma, Juan Luis González Alcántara Carrancá—recién nombrado ministro a propuesta del Ejecutivo Federal—será quien realice el proyecto de sentencia sobre la controversia para que la presente ante sus pares en el Pleno de la SCJN.

Alcántara Carrancá dio un plazo de 30 días para que el Poder Ejecutivo Federal y las cámaras de Diputados y Senadores respondan a la impugnación presentada por Aureoles, y envíen los informes justificados de los actos reclamados.

En su momento, el gobernador dijo que la figura de los delegados estatales violenta la constitución y avasalla los gobiernos locales, violentando el federalismo y la división de poderes.

A este recurso, se suma a las cuatro acciones de inconstitucionalidad que promovieron diputados y senadores para impugnar las reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal que contemplan las figuras de los delegados estatales y las comisiones presidenciales especiales de investigación.

En ese caso el ministro instructor, Luis María Aguilar Morales acordó acumular de las impugnaciones de la 64 Legislatura del Congreso de la Unión a las demandas por existir identidad en el decreto aludido.

La figura de los “superdelegados” designados a cada entidad, serán los enlaces político administrativos entre el Poder Ejecutivo y Estatal, lo cual está reglamentado en la recién aprobada Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Las atribuciones y responsabilidades de éstos servidores públicos están detalladas en la recién aprobada ley, y por ello, todas sus acciones están legitimadas, siempre y cuando no incurran en violaciones u actos considerados antijurídicos que castigan otras normas.

En este sentido, dichos servidores públicos están ceñidos a cualquiera de las leyes vigentes—incluyendo las penales— y se deben sujetar a ellas de lo contario adquirirían responsabilidades dentro de sus funciones, o de otras esferas dependiendo de la conducta que hayan cometido desde el ejercicio de su encargo.

Y es que gobernadores de diversas entidades han señalado que los “superdelegados” se les han dado poderes plenipotenciarios, según han denunciado gobernadores y diputados locales, de intervenir en la esfera política local, lo cual violenta el federalismo y la división de poderes.

De acuerdo con la normatividad esta figura administrativa busca la simplificación y reducir gastos al reducir el número representantes de cada institución federal en cada entidad pues actualmente existen 2 mil 300 delegaciones, subdelegaciones que son enlaces entre las dependencias federales y los gobiernos estatales.

Estos órganos son auxiliares de las dependencias federales para la aplicación de programas, pero sobre todo presupuestación de dichos proyectos e impulsar los planes de desarrollo económico, político, social del Gobierno Federal en cada entidad.

Ahora, las “Delegaciones de Programas para el Desarrollo” serán las encargadas de coordinar las acciones entre las autoridades estatales y municipales y el Ejecutivo federal; además de verificar las estrategias y supervisión de sobre la calidad de los servicios prestación, y programas que se financian con presupuesto federal.