Alejandro Peña Villa exige cerrar el paso a la tortura sexual a hombres y mujeres

Alejandro Peña Villa Foto: Internet
Alejandro Peña Villa Foto: Internet 

El Estado tiene la obligación de proteger a todas las personas frente a cualquier manifestación de tortura, pero la Ley no incluye el tipo sexual en contra de mujeres y hombres, lo que ha sido un obstáculo para sancionarla, denunció el senador de Morena, Alejandro Peña Villa. Ante ello, el legislador presentó una iniciativa a […]


El Estado tiene la obligación de proteger a todas las personas frente a cualquier manifestación de tortura, pero la Ley no incluye el tipo sexual en contra de mujeres y hombres, lo que ha sido un obstáculo para sancionarla, denunció el senador de Morena, Alejandro Peña Villa.

Ante ello, el legislador presentó una iniciativa a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, para reformar el artículo 24 de este ordenamiento, a fin de incluir a la tortura sexual y evitar la impunidad de este delito por un vacío legal.

Detalló que la impunidad y vacíos legales sobre los actos de tortura permiten que persista esta grave violación a los derechos humanos, deja en total desamparo a las víctimas y les impide acceder a la justicia.

Recordó que, en mayo de 2006, en un operativo policial en las localidades de Texcoco y San Salvador Atenco, Estado de México, decenas de mujeres fueron torturadas física y psicológicamente y once de ellas agredidas sexualmente.

Si bien es cierto que son más comunes los casos donde ellas son víctimas de tortura sexual, esto no significa que no se presente en hombres. En 2017 y 2018 se analizaron 120 expedientes de queja ante la Defensoría de Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca, por denuncias de tortura sexual contra indígenas varones.

Otro ejemplo ocurrió en agosto de 2018, cuando la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del entonces Distrito Federal informó que había 15 hombres víctimas, que fueron torturados sexualmente en reclusorios.

Pese al número de casos, dijo Peña Villa, la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, sólo tipifica la tortura física y/o psicológica, pero no prevé la del tipo sexual, la cual desafortunadamente se ha presentado en nuestro país.

Subrayó que, entre diciembre de 2006 y junio de 2019, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos realizó 999 recomendaciones, 301 casos fueron violaciones graves a derechos humanos y 221 actos de tortura.

Las recomendaciones emitidas por CNDH por tratos crueles, inhumanos y degradantes narraban hechos claros de tortura, pero no recibieron esta clasificación por resultar insuficientes, apuntó.

La Comisión, concluyó el legislador, clasificó a la tortura como física, psicológica y sexual; la primera hace referencia a los golpes, asfixias, descargas eléctricas; la segunda a las amenazas, humillaciones, vejaciones; y la última hace referencia a las descargas eléctricas en los genitales, la desnudez, los tocamientos y la violación.