AMLO reenvía al Senado su estrategia nacional de seguridad

 

El presidente Andrés Manuel López Obrador reenvió al Senado la Estrategia Nacional de Seguridad Pública para incluir en su contenido las diversas reformas constitucionales en materia de Guardia Nacional, Extinción de Dominio y Prisión Preventiva Oficiosa. El 1 de febrero pasado, el titular del Ejecutivo Federal envió a esta cámara esta estrategia, pero aún estas […]


El presidente Andrés Manuel López Obrador reenvió al Senado la Estrategia Nacional de Seguridad Pública para incluir en su contenido las diversas reformas constitucionales en materia de Guardia Nacional, Extinción de Dominio y Prisión Preventiva Oficiosa.

El 1 de febrero pasado, el titular del Ejecutivo Federal envió a esta cámara esta estrategia, pero aún estas reformas no habían sido aprobadas ni promulgadas.

Por lo que respecta a la Guardia Nacional, la estrategia incluye ahora diversas consideraciones relacionadas con la legislación secundaria que tiene que expedirse, concentradas en 5 leyes:

  • Ley de la Guardia Nacional
  • Ley Nacional del Uso de la Fuerza
  • Ley Nacional del Registro de Detenciones
  • Ley Nacional en Materia de Extinción de Dominio
  • Reformas a la Ley General del Sistema de Seguridad Pública

En el adendum el presidente López Obrador reitera que la Guardia Nacional será una instancia de seguridad pública de carácter civil, la cual deberá regirse por una doctrina policial fundada en el servicio a la sociedad, la disciplina, el respeto a los derechos humanos y al imperio de la ley y, en lo conducente a la perspectiva de género.

En materia de extinción de dominio, se establece que la ley nacional que se emita deberá establecer los mecanismos para que las autoridades administren los bienes incluidos sus productos, rendimientos, frutos, accesorios, uso, usufructo, enajenación y monetización, atendiendo al interés público sobre los siguientes delitos:

Hechos de corrupción, encubrimiento, delitos cometidos por servidores públicos, delincuencia organizada, robo de vehículos, recursos de procedencia ilícita, delitos contra la salud, secuestro, extorsión, trata de personas y, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos.

El Ejecutivo Federal recuerda que al artículo 19 de la Constitución Política en materia de prisión preventiva oficiosa se adicionaron los siguientes delitos:

Abuso o violencia sexual contra menores, feminicidio, robo a casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción -tratándose de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones-, robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares y, delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea.

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