Aprueba Senado ley contra la tortura

 

Las sanciones son diferentes para servidores y ciudadanos


El pleno del Senado ratificó con 90 votos en pro la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, que establece que la práctica de este ilícito se prohíbe, no prescribirá y será investigado de oficio, es decir, sin necesidad de que alguien presente una denuncia.

En la ley se establece que carece de validez como prueba de confesión, la obtenida bajo tortura y se suspende del cargo al funcionario acusado de esta práctica.

Quien sea sentenciado por este delito, no podrá gozar de indulto, amnistía.

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Además, que se prevén medidas cautelares, como separación del cargo para que los servidores públicos señalados o investigados por incurrir en actos de tortura, no puedan obstaculizar la indagatoria en su contra.

Se aplica una sanción de 10 a 20 años de prisión a los servidores públicos que incurran en tortura, ya sea física o psicológica o violación sexual y de 4 a 12 años de cárcel a los ciudadanos que incurran en esta práctica.

Cuando las víctimas sean personas vulnerables, es decir, niños, mujeres embarazadas, ancianos, con discapacidad, indígenas, descendientes, afroamericanos, migrantes, defensores de derechos humanos y periodistas, la pena se incrementará una mitad.

Esta ley obliga al Estado a crear fiscalías especializadas en todo el país y un Registro Nacional Estadístico.

La senadora del PAN, Pilar Ortega Martínez, presidenta de la Comisión de Justicia, afirmó que esta ley representa una oportunidad histórica, para erradicar la tortura en México.

“Que la promulgación de una Ley General contra la Tortura, los Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes es una oportunidad histórica para el establecimiento de un marco legal eficaz e inequívoco que puede sentar las bases de la erradicación de la tortura en este país”, dijo.

La presidenta de la Comisión de Gobernación, la priísta Cristina Díaz Salazar, resaltó que esta legislación es un avance en la lucha contra este delito.

“Se excluye toda prueba obtenida a través de la tortura y otras violaciones a derechos fundamentales, entre otras modificaciones, que sin duda perfeccionan y enriquecen el texto de esta nueva ley, constituyendo un avance en la lucha de México contra la tortura”, explicó.

La ley delimita las competencias y coordinación entre autoridades de los tres órdenes de gobierno, a fin de prevenir, investigar y sancionar no sólo la tortura, sino los delitos del trato cruel, inhumano y degradante.

Indica que un servidor público será acusado por tortura, cuando obtenga información o confesiones a personas, a través de prácticas que causen dolor, sufrimiento físico o psicológico.

También, se considerarán como tortura las conductas que busquen disminuir o anular la personalidad de una víctima, sus capacidades físicas o psicológicas, incluso si esto no implica producir dolor o sufrimiento físico.

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JCS