Aprueba Senado que padres trabajadores tengan acceso a guarderías del IMSS

IMSS Foto: Internet
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Cabe recordar que el servicio de guardería era restrictivo, ya que excluía como beneficios de la seguridad social a los hombres, siendo que el cuidado de las hijas e hijos es responsabilidad exclusiva de las mujeres.


Con la aprobación de reformas a la Ley del Seguro Social, 105 senadores de todos los Grupos Parlamentarios celebraron que los padres trabajadores del Instituto Mexicano del Seguros Social (IMSS), tengan ahora el mismo derecho que las madres de llevar a sus hijas e hijos a las guarderías del Instituto.

La senadora Nadia Navarro Acevedo, en nombre de la Comisión de Seguridad Social, señaló que esta propuesta tiene por objeto corregir la discriminación histórica contenida en la Ley, pues estaba confiriendo, de manera obligada, el cuidado de las hijas y los hijos a las madres.

Cabe recordar que el servicio de guardería era restrictivo, ya que excluía como beneficios de la seguridad social a los hombres, siendo que el cuidado de las hijas e hijos es responsabilidad exclusiva de las mujeres.

De acuerdo con el Decreto aprobado, los trabajadores asegurados, padre y madre, deben gozar de los mismos derechos que les brinda la seguridad social, entre otros, el servicio de guardería.

No existe justificación objetiva para un trato diferenciado entre ambos sexos, pues si el varón laboralmente activo solo obtiene el servicio de una guardería para sus menores hijos en casos excepcionales, eso significa que la Ley del Seguro Social presupone que, en el hogar del trabajador asegurado, exclusivamente la madre de sus hijos tiene el deber de dedicarse de tiempo completo a su cuidado, apunta el documento.

Por esto, las legisladoras y los legisladores aprobaron las reformas a los artículos 201, primer párrafo, y 205, primer párrafo, de la Ley del Seguro Social, para que todas las personas trabajadoras aseguradas tengan derecho a los servicios de guardería para sus hijas e hijos, durante las horas de su jornada de trabajo, en la forma y términos en esta Ley y en el reglamento relativo.

El IMSS, por su parte, deberá ejercer las atribuciones y obligaciones derivadas del presente Decreto de manera que, con sujeción a las disponibilidades presupuestales, se realice una incorporación gradual de los derechohabientes a los servicios que se establecen en el mismo, elaborando previamente un programa piloto para medir los impactos de éste en los servicios y operación del Instituto.

Mayuli Latifa Martínez Simón, en nombre de la Comisión de Estudios Legislativos, Primera, aseguró que los beneficios sociales de esta reforma tienen por objeto garantizar el aprovechamiento de las guarderías para hombres y mujeres, así como para sus hijos e hijas. Con esto, apuntó, el Estado reconoce que la responsabilidad del cuidado corresponde al padre y a la madre por igual.

La panista Alejandra Noemí Reynoso Sánchez aseguró que este dictamen es una verdadera acción que refleja igualdad de derechos y responsabilidad entre el hombre y la mujer. “Es justo e igualitario que en materia de seguridad social se pueda asegurar el acceso al servicio de guarderías, tanto a mujeres como a padres trabajadores”.