Avalan diputados lineamientos para difusión de labores de quienes opten por la elección consecutiva

Foto: Rendición de cuentas
Foto: Rendición de cuentas  

No podrán utilizar ningún tipo de recurso público destinado a su labor parlamentaria, para hacer campaña.


La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados estableció las reglas que deberán seguir los legisladores que buscarán la reelección, durante el siguiente proceso electoral, en materia de difusión del trabajo parlamentario.

No podrán utilizar ningún tipo de recurso público destinado a su labor parlamentaria, para hacer campaña.

Deberán abstenerse de realizar propaganda político electoral o promoción personalizada a través de los medios de comunicación institucionales o utilizar recursos públicos de la Cámara de Diputados, ya sean humanos, materiales, digitales o económicos.

El acuerdo de la Mesa Directiva, publicado en la Gaceta Parlamentaria, fue aprobado en la sesión de este jueves por el Pleno.

Las y los legisladores que opten por la elección consecutiva deberán adecuar de conformidad con los principios de legalidad, objetividad, neutralidad e imparcialidad.

No se dará cobertura, difusión y transmisión en los medios de comunicación de la Cámara de Diputados a ningún contenido que implique expresiones particulares, represente propaganda político electoral o promoción personalizada de alguna diputada o diputado, o bien, que se realice a nombre de un Grupo Parlamentario.

La Cámara sólo podrá difundir propaganda gubernamental relativa a servicios educativos y de salud.

En los lineamientos, se precisa que la Cámara de Diputados, de conformidad con la normatividad electoral, podrá difundir propaganda gubernamental relativa a servicios educativos y de salud, así como, aquella necesaria para la protección civil en casos de emergencia, la cual deberá tener carácter institucional y abstenerse de incluir frases, imágenes, voces o símbolos que pudieran ser constitutivos de propaganda política electoral, o bien, elementos de promoción personalizada de diputadas y diputados.

La vigencia de los lineamientos comprenderá el tiempo en el que se desarrollen las campañas electorales y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, de conformidad con el calendario que emita el Instituto Nacional Electoral.