INE baja spot de Andrés Manuel López Obrador

 

Determinó que podría vulnerar la equidad en el proceso electoral


Mal día en lo contencioso resultó el 1 de mayo para Andrés Manuel López Obrador, pues la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó el retiro del aire de un spot televisivo donde aparece y dejó otro donde se le critica.

El primero se trata de un promocional de campaña de la candidata a jefa de gobierno de la Ciudad de México por la coalición Juntos Haremos Historia, Claudia Sheinbaum, en la que se ordenó el retiro del spot por uso indebido de la pauta local con candidatos a cargos federales.

Por unanimidad, los integrantes de la comisión determinaron que el spot de televisión, en el que aparecen también imágenes del candidato presidencial de la coalición Juntos Haremos Historia, López Obrador, podría vulnerar la equidad en el proceso electoral al generar sobreexposición de esa candidatura, al difundir a un candidato federal en una pauta local.

Al respecto, la consejera presidenta de la comisión, Adriana Favela, recordó a los partidos y coaliciones en contienda que deben ser cuidadosos de utilizar la pauta federal y local sólo para promover candidatos del nivel de elección correspondiente, de lo contrario podrían generar sobreexposición indebida de una candidatura.

Respaldaron también la decisión los consejeros Benito Nacif y Claudia Zavala, quienes recordaron que ese ha sido el criterio reiterado de la Comisión, y que éste ha sido confirmado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). El mensaje fue pautado por el PT y denunciado por el PRI y además de Sheinbaum se aprecian carteles de López Obrador.

En el segundo caso, los consejeros rechazaron retirar del aire los nuevos promocionales pautados por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), en los que el candidato presidencial de la coalición Todos por México, José Antonio Meade Kuribreña, acusa a López Obrador de estar al servicio de narcotraficantes y ser un “títere de los criminales”.

El spot, denunciado por Morena, a decir de los consejeros, no incurre en calumnia, resolvieron de manera preliminar, pues el TEPJF ha resuelto que ese ilícito ocurre cuando se acusa directa y falsamente de la comisión de delitos.

De lo que se trata, dijeron, es de “una crítica vehemente de un candidato a otro con base en las propuestas realizadas en el tema de seguridad”.

En este caso, los consejeros determinaron que de forma preliminar no se advierte que se acuse al abanderado de cometer un delito. La Sala Superior del TEPJF determinará si confirma o revoca esta negativa a retirar los promocionales, en tanto que la Sala Regional Especializada del TEPJF resolverá el asunto de fondo al analizar el contenido.

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