CNDH exhortó a la Fiscalía de Veracruz, atender incumplimiento en el caso de Ernestina Ascencio

Ernestina Ascencio Rosario Foto: Internet
Ernestina Ascencio Rosario Foto: Internet 

La CNDH, ofreció su colaboración en el marco de sus atribuciones, y exhortó asimismo para que, junto con la Secretaría de Gobernación se de paso a un proceso de investigación.


La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), exhortó a la Fiscalía General de Justicia del Estado de Veracruz, a atender el “incumplimiento” en el caso de Ernestina Ascencio Rosario.

“En virtud de las dudas generalizadas en el tratamiento de este caso y, en aras de fortalecer el esclarecimiento de los sucesos del 25 de febrero de 2007, la Comisión Nacional exhorta públicamente a la Fiscal General del Estado de Veracruz gire sus atentas instrucciones para que la Fiscalía Coordinadora Especializada en Asuntos Indígenas y Derechos Humanos a través de la Coordinación de Asuntos Indígenas y la Coordinación de Derechos Humanos para que se reabra la investigación con las consecuencias legales que corresponden y se facilitan los procesos de memoria, verdad, justicia y reparación”.

La CNDH, recordó que el pasado 8 de marzo, emitió un pronunciamiento por el caso en el que consideró:

“Este Organismo Nacional considera pertinente revisar su propia actuación en el caso, así como analizar presuntas violaciones al derecho a la libertad sexual, al derecho a la vida y al derecho a la protección de la salud de Ernestina Ascencio Rosario bajo una perspectiva de género, por lo que se radicará el expediente de queja correspondiente.”

En tal virtud, y derivado del proceso de revisión, se observa, que familiares de Ernestina Ascencio y funcionarios del hospital, el 25 de febrero de 2007, denunciaron el ataque sexual a la Procuraduría General de Justicia del estado de Veracruz (PGJV), originando la investigación 140/2007/AE por violación y posterior homicidio.

Si bien el 27 de febrero de 2007, la CNDH, abrió el expediente de queja número 2007/901/2/Q, que derivó en la emisión de la Recomendación número 34/2007, sin embargo, es la fecha que la justicia plena sigue siendo un reclamo porque hay “incumplimiento”, en la atención a las personas familiares de la señora Ernestina Ascencio, quienes exigen el esclarecimiento de las indagatorias.

El organismo Autónomo explicó que derivado de un proceso de revisión exhaustivo de varios procedimientos, entre los que destaca la propia Recomendación 34/2007, ha llegado a la convicción de que es tiempo de avanzar y generar un proceso de colaboración y coordinación interinstitucional en favor de garantizar los derechos de las personas en situación de víctimas para:

1. Fortalecer la plena eficacia del Sistema de Protección no Jurisdiccional de los Derechos Humanos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 1º Constitucional, que establece la obligación de todas las autoridades, sin excepción alguna, de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos reconocidos en la Carta Magna, además de que en este caso en particular los argumentos no son congruentes con el principio pro persona -consistente en brindar la protección más amplia al gobernado- ni con el derecho a un recurso efectivo señalado en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

2. Emitir un diagnóstico desde un enfoque de interseccionalidad dadas las características y contexto de la señora Ernestina Ascencio Rosario, la cual pertenece a grupos de atención prioritaria en su condición de mujer, indígena, adulta mayor en un contexto socioeconómico de alta marginación.

3. Colaborar en la queja que, por este caso, se presente en la Contraloría General de la Fiscalía en contra de quienes resulten responsables de las irregularidades señaladas; llevar a cabo revisiones periódicas de las carpetas de investigación iniciadas por violencia sexual, desaparición de personas con la finalidad de que ningún caso deje de ser indagado y realizar las diligencias necesarias para su correcta integración.

4. Garantizar los derechos de debido proceso y seguridad jurídica de las personas.

5. Reparar a las personas en situación de víctimas, tanto directas como indirectas.

6. Generar una estrategia de cumplimiento a las medidas de no repetición.

7. Diseñar e instalar un mecanismo de participación ciudadana para dar seguimiento a la estrategia de cumplimento a las garantías de no repetición bajo criterios tales como transparencia, máxima publicidad y progresividad de los derechos humanos.

8. Fortalecer los programas de promoción y protección de derechos humanos en coadyuvancia con la Comisión Estatal de Derechos Humanos, la Universidad Veracruzana, con la CEAV estatal y federal, y con la propia CNDH, en materia de atención a las personas en situación de víctimas.

La CNDH, ofreció su colaboración en el marco de sus atribuciones, y exhortó asimismo para que, junto con la Secretaría de Gobernación a través de su Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración, se de paso a un proceso de investigación capaz de generar una conciliación entre el Estado mexicano y las personas en situación de víctimas sin necesidad de recurrir ante instancias supranacionales.

Finalmente el Organismo Defensor de Derechos Humanos advirtió que:

“Esta revisión constituirá un parteaguas que obliga a hacer revisiones pendientes sobre casos emblemáticos en los que se han violado los derechos humanos por parte del Estado mexicano y sobre todo en materia de Reparación Integral del Daño”.