Cómo se presenta una iniciativa de ley en el Congreso

 

El procedimiento comienza como una iniciativa y concluye como ley una vez que es publicada


En México, las siguientes figuras son las que pueden presentar ante el Congreso de la Unión, ya sea a la Cámara de Senadores y de Diputados, una iniciativa de ley o decreto, según el Artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:

-El presidente de la República.
-Diputados y Senadores.
-Las 32 legislaturas estatales.
-Los ciudadanos equivalentes a por lo menos el 0.13 por ciento de la lista nominal de electores.

Una iniciativa de ley o decreto tiene como propósito “crear, reformar, adicionar, derogar o abrograr disposiciones constitucionales o legales. Representa el acto jurídico con el que da inicio el proceso legislativo”.

Los pasos a seguir para que una iniciativa o decreto se convierta en ley consisten en: tener una iniciativa de ley, discutirla, aprobarla y sancionarla, publicarla y finalmente, su entrada en vigor.

Iniciativa de ley
Cuando cualquiera de las figuras contempladas en el Artículo 71 promueven la creación o modificación de leyes.

Se le llama iniciativa de ley al texto durante todo el proceso de discusión hasta su aprobación. Una vez que se aprueba, se le llamará norma y, hasta que sea publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se le llamará ley.

Discusión
Una vez que se tiene la iniciativa, la Cámara que reciba el texto se convertirá en la Cámara de Origen, que la analizará, discutirá y aprobará, en primera instancia, para posteriormente turnarla a la Cámara Revisora, que será la encargada de analizar y dictaminar el proyecto, aprobarlo o rechazarlo.

Dentro del mismo proceso de aprobación, se deben incluir las sanciones a esa nueva ley en caso de que se incurra en su incumplimiento.

La iniciativa puede entrar por la Cámara de Senadores o Diputados, siempre y cuando no invada la competencia de la otra, por ejemplo, si la iniciativa tiene que ver con temas cuya facultad son exclusivas de los diputados, la iniciativa tendrá que entrar por esa Cámara, y vicerversa.

Aprobación y sanción
Una vez que ambas Cámaras han discutido plenamente el tema y lo han aprobado, la iniciativa se remite al titular del Poder Ejecutivo para una última revisión. En caso de que el Presidente tuviera alguna observación, el proyecto se regresa a las Cámaras y se repite el procedimiento de discusión. Si no hubiese observaciones, el Presidente procederá a su publicación.

Publicación
En esta etapa, el Presidente de la República da la instrucción de que la nueva norma sea publicada en el DOF, órgano del gobierno encargado de publicar las nuevas leyes.

Inicio de vigencia
Una vez que la ley fue publicada en el DOF, comienza a correr la vigencia de la misma. En este caso, el inicio de vigencia significa que, a partir de una fecha estipulada en el Diario, esa ley comenzará a aplicar.

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GRA