Prestaciones para senadores de la República, según normas

 

Seguros, personal a su cargo, gratificaciones, vuelos, fuero…


Sólo 128 personas en México, es decir, los 128 senadores tienen derecho a las siguientes prerrogativas, según la normativas vigentes en la Cámara Alta.

Seguros y gratificaciones
· Seguro de separación individualizado. El Senado aporta 10% del total de la dieta de cada mes para cuando el legislador deje el cargo
· Los rendimientos financieros que genere el ahorro del seguro de separación individualizado
· Seguro de vida. La suma asegurada es el equivalente a 40 meses del monto bruto de la dieta del senador
· Seguro de gastos médicos mayores. Cubre al senador, a su cónyuge y a sus hijos menores de 25 años
· Gratificación de fin de año equivalente a 40 días de salario

Personal a su cargo
· Presupuesto mensual para contratar asistentes de servicios personales para el apoyo del trabajo legislativo
· Un empleado operativo de base o confianza con cargo al presupuesto de la Cámara para funciones secretariales o chofer
· Los senadores pueden pedir el apoyo de más de un empleado, pero debe ser autorizado por la Cámara

Transporte
· Los senadores con domicilio a más de 200 kilómetros de la CDMX reciben apoyo mensual para transportación aérea
· Los senadores con domicilio a menos de 200 kilómetros de la CDMX reciben apoyo mensual para transportación terrestre
· Todos los senadores reciben una tarjeta de pago electrónico para el peaje de autopistas

Trámites y servicios
· Apoyo para el trámite de pasaportes y visas
· Apoyo para la compra de boletos de avión
· Apoyo para sus declaración de impuestos anual
· Consultas médicas y dentales en el consultorio del Senado
· Asistencia médica preventiva y asistencial para senadores
Asistencia médica preventiva y asistencial para cónyuges e hijos menores de 25 años
· Asesoría en utilización de seguro de gastos médicos mayores

Recursos materiales
· Una oficina para cada legislador y su personal de apoyo
· Hasta cuatro computadoras con internet
· Hasta cuatro servicios telefónicos
· Hasta cuatro servicios de internet inalámbricos
· Hasta cuatro servicios de internet para dispositivos móviles
· Dos servicios de señal de TV comercial
· Un lugar de estacionamiento
· Un portafolio por legislatura
· Fistol de oro para identificación
· Un presente protocolario al término de cada legislatura

Alimentación
· Servicio de cafetería y bocadillos en los días de sesión
· Restaurante exclusivo. Sólo las instalaciones, el pago corresponde a cada legislador

En caso de muerte
· Pago de féretro, urna, salas de velación, cafetería y arreglos florales
· Pago de traslado de los restos del senador al lugar que determinen los familiares directos
· Traslado de familiares directos por vía aérea o terrestre, al lugar donde se realicen los servicios funerarios

En caso del cónyuge, padres e hijos menores de 25
· Pagos de gastos funerarios, hasta por 50 veces el salario mínimo vigente en la CDMX
· Publicación de una esquela institucional

Fuero constitucional
El  Artículo 61 de la Constitución mexicana señala:

“Los diputados y senadores son inviolables por las opiniones que manifiesten en el desempeño de sus cargos, y jamás podrán ser reconvenidos por ellas.

El Presidente de cada Cámara velará por el respeto al fuero constitucional de los miembros de la misma y por la inviolabilidad del recinto donde se reúnan a sesionar”.

Fuente: Normas administrativas para el pago de dietas y otros apoyos a senadores, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos