Hasta que AMLO sea autoridad se podría combatir decisión del nuevo aeropuerto

 

Como presidente electo, carece de personalidad jurídica para ser sancionado por alguna autoridad judicial


POR ISRAEL YÁÑEZ

Sólo el pronunciamiento del presidente Enrique Peña Nieto podría echar atrás los resultados de la consulta ciudadana por la que se determinó que el Nuevo Aeropuerto Internacional de México (NAIM) debe construirse en Santa Lucia y no en Texcoco.

El convocante —el presidente electo, Andrés Manuel López Obrador—carece de personalidad jurídica pues aún no entra en funciones, por lo que, de origen la consulta ciudadana en sí misma, fuera del peso político, no tiene ninguna validez, por lo que sus resultados no son vinculantes para ninguno de los Poderes, no son ley u ordenamiento judicial, por lo que nadie está obligado a acatarlos.

Al respecto, el doctor en derecho Oscar Valdés Ramírez explicó que la ilegitimidad hace que no pueda ser combatida en los tribunales por ninguna vía, pues no es un acto
de autoridad ya que López Obrador aún no rinde protesta como presidente de la República.

Hasta el 1 de diciembre cuando el actual mandatario, Peña Nieto deje el poder y su sucesor, Andrés Manuel López lo asuma, entonces todos sus actos serán de autoridad,
y podrán ser combatidos a través de cualquiera de las vías políticas, legislativas, judiciales, y órganos autónomos, dijo el experto.

Por ello, la ilegitimidad de la consulta la salva de ser combatida por las vías institucionales; sólo el presidente actual, puede manifestarse, deslegitimar los resultados y ordenara que el NAIM se construya en Texcoco.

Aseguró que se pueden presentar los amparos, pero como no es un acto de autoridad, serán desechados, pues este tipo de juicios se interponen contra servidores públicos e instituciones del Estado, y no contra particulares, órganos autónomos u organizaciones no gubernamentales.

Asimismo, en su caso pueden darse denuncias de particulares por incumplimiento de contrato, pero esto es por la vía civil, administrativa o penal, dependiendo el perjuicio demandado por los a presuntos afectados.

Incluso pueden llegar a la vía del amparo, pero no propiamente para combatir la consulta ciudadana, sino por algún otro acto inconstitucional, y agotadas estas instancias se puede llegar hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación u órganos internacionales.

Días antes de que se realizara la consulta, ya se habían presentado amparos cuestionando la legitimidad del presidente electo para convocar a consultas ciudadanas;
sin embargo, se negó la suspensión provisional en contra del acto, por lo que no hubo impedimento legal para su consolidación.

Dentro del amparo 1215/2018 se han solicitado los informes pertinentes dentro del juicio, pues el consejero jurídico que debe de responder dichos requerimientos de acuerdo con la Ley de Amparo, tampoco ha tomado protesta, por lo que debe de ser directamente, Andrés Manuel López Obrador quien envié el informe y lo firme de su puño y letra.

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