SCJN desecha dos impugnaciones contra Ley de Seguridad

 

Fueron presentadas por la Comisión de Derechos Humanos de la CDMX y la Defensoría de Querétaro


El Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Jorge Mario Pardo Rebolledo, desechó las dos controversias de constitucionales para dar marcha atrás a la Ley de Seguridad Interior, que presentaron la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México y la Defensoría de Derechos Humanos de Querétaro.

La controversia promovida por la Comisión de la CDMX fue desechada porque ningún organismo estatal de derechos humanos puede recurrir a este medio de control en contra de poderes federales.

“No existe en el artículo 105 de la Constitución General, ningún supuesto que contemple la promoción de una controversia constitucional por parte de una comisión estatal de derechos humanos en contra de alguno de los Poderes de la Federación”, precisa el acuerdo.

El ministro Pardo desechó también la acción de inconstitucionalidad que sobre el mismo tema promovió la Defensoría de Derechos Humanos de Querétaro, por no estar legitimada.

El artículo 105, fracción II, inciso g) de la Constitución Federal, establece que los organismos de protección de los derechos humanos equivalentes en las entidades federativas son sujetos legitimados para promover una acción de inconstitucionalidad; sin embargo, lo cierto es que pueden hacerlo sólo contra leyes expedidas por las legislaturas locales correspondientes”, señala el acuerdo.

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La semana pasada, el Ministro Pardo desechó la acción de inconstitucionalidad promovida por el Partido Movimiento Ciudadano, debido a que los partidos políticos sólo pueden recurrir a este tipo de juicios para solicitar la invalidez de normas de naturaleza electoral.

Por existir identidad respecto del decreto combatido, todas las demandas sobre este tema se turnaron a la ponencia del Ministro Pardo Rebolledo, quien como Ministro Instructor tendrá a su cargo la elaboración de los proyectos de sentencia respectivos.

Hasta ahora, el Ministro ha admitido a trámite las acciones de inconstitucionalidad promovidas por Diputados, Senadores, la CNDH y el INAI, así como las controversias constitucionales presentadas por los ayuntamientos de Cholula, Puebla, y Parral de Hidalgo, Chihuahua, en las que se demanda invalidar diferentes disposiciones de la Ley de Seguridad Interior, promulgada por el Presidente de la República y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre del 2017.

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JPC