Ministros se pronunciaron a favor de guarderías, para que las mujeres cuenten con apoyo de estancias infantiles

Guardería Foto: Internet
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Piña Hernández, señaló que cifras oficiales señalan que en el territorio nacional, existen más de 11 millones de familias encabezadas por madres solteras.


Con la finalidad de mantener acciones en favor las mujeres para que cuenten con acceso al servicio de las “estancias infantiles”, la mayoría de Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se pronunciaron por reconocer su validez, al estimar que se trata de acciones afirmativas que no transgreden el derecho a la igualdad y no discriminación, ni el principio del interés superior de la niñez.

En el marco del “Día Internacional de la Mujer”, al analizar la acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), contra la “Ley que Regula el Funcionamiento de los Centros de Atención y Cuidado Infantil para la Ciudad de México”, los Ministros señalaron que las acciones afirmativas son necesarias hasta en tanto no exista una real equidad de género.

“Estas normas establecen que tendrán prioridad para la admisión en los centros de atención y cuidado infantil para la Ciudad de México los hijos e hijas de madres entre 12 y 22 años 11 meses de edad, inscritas en el sistema educativo nacional; madres víctimas de violencia intrafamiliar y madres solteras que lo requieran por motivos laborales”

La norma impugnada por la CNDH, afirmaba que la norma discriminaba a los padres solteros que también tienen necesidad del servicio para poder atender a sus hijos y seguir trabajando o estudiando.

En la sesión remota de este lunes, la Ministra Norma Lucía Piña Hernández señaló que no toda acción afirmativa es discriminatoria y argumentó que en este caso la norma impugnada “No es discriminación a hombres, otorga preferencia a las mujeres para construir un piso parejo que hoy no existe”.

Piña Hernández, señaló que cifras oficiales señalan que en el territorio nacional, existen más de 11 millones de familias encabezadas por madres solteras, y hay 380 padres en la misma condición, por lo cual la ley analizada solo responde a una realidad, la cual demanda dar un trato preferente a un grupo en desventaja.

En su turno la Ministra Margarita Ríos Farjat, destacó que:

“La norma impugnada no hace exclusiones, sino fija prioridades y responde a una situación que impide la verdadera igualdad entre hombres y mujeres”.

En resumen diez de los once ministros, rechazaron la Acción de Inconstitucionalidad número 215/2020, promovida por la CNDH, sin embargo, el proyecto de sentencia fue returnado, para la elaboración de un nuevo proyecto que tendrá que ser elaborado con base en el criterio de mayoría, por tal razón no hay una sentencia definitiva del máximo tribunal del país.