Mucho ruido y poca cárcel en delitos electorales

 

En 30 años de presuntos fraudes, no hay un sólo detenido por delitos electorales


Ni los fraudes que todavía permanecen en la memoria de los mexicanos o sofisticados algoritmos ni la flagrancia en la comisión de “mapacheo” son suficientes para meter en prisión a los delincuentes electorales.

La Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade) anunció sentencia condenatoria de tres años de prisión contra siete personas por un delito electoral en Puebla; sin embargo, ninguno estará en la cárcel por mucho tiempo.

Se les acusa de alteración del registro federal de electores. Purgarían cárcel por tres años de prisión y 60 días de multa; sin embargo, por ser primo delincuentes tienen derecho a sustitutivo penal lo que implica, libertad condicionada.

Victoria Francisco N, Yesica N, Hilario N, Gabriela N, Santos N, Alicia N y Gustavo N fueron denunciados ante el Ministerio Público por el apoderado legal del Instituto Nacional Electoral (INE), debido a que tramitaron un cambio de domicilio y proporcionaron datos falsos.

Desde la creación de la Fepade en 1994 ninguna persona acusada por delitos electorales ha compurgado pena alguna en prisión por violentar la voluntad de los mexicanos en las urnas.

Roberto Leonardo Duque Roquero, experto en democracia y en derecho constitucional, explicó que pese a los casos polémicos que se han presentado en México en materia electoral, como desvío de recursos, ningún crimen de este orden se sanciona con prisión.

Ningún delito del orden electoral está tipificado como grave ni se castiga con la cárcel, aunque eso no significa que las autoridades ministeriales del orden federal o local no estén obligadas a investigar los ilícitos que se cometan en este rubro.

Sin embargo, ha habido sentencias condenatorias donde se imponen multas millonarias o años de prisión, pero que en todas ellas alcanzaron en su momento la libertad bajo caución y menos con el nuevo sistema de justicia penal.

Al respecto, Luis Eduardo Llanos López, experto en derecho penal, explicó que si bien las leyes electorales no llevan al sujeto activo del delito forzosamente a ser objeto de prisión preventiva oficiosa, se ha demostrado de hecho, que en su mayoría los infractores electorales pueden estar cometiendo alguno o algunos de los delitos que contempla el Código Penal, los cuales sí pueden ser meritorios de prisión preventiva oficiosa.

Cuando se cometen delitos graves previstos en el Código Penal de cada entidad o en el Código Penal Federal en medio de una contienda electoral, entonces se tienen que investigar las conductas e imponer las medidas cautelares a criterio del juez.

30 años de presuntos fraudes

En 1988, hace 30 años, se denuncia un fraude electoral, cuyo triunfo legítimo se atribuyó al ingeniero Cuauhtémoc Cárdenas Solórzano; en 2006, el dirigente del partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Andrés Manuel López Obrador, acusa un nuevo fraude electoral operado en favor de Felipe Calderón Hinojosa. Sin embargo, de la presunta comisión de delitos no hay una sola persona detenida.

“Están sancionadas las conductas los actos más perniciosos, esto desde luego es un problema que debemos sanear, y que desde luego amerita una reforma legislativa, que es urgente y muy apropiada”, dijo el catedrático de la UNAM.

Políticamente incorrecto Sin embargo, a la sanción y persecución de estos delitos se impone lo “políticamente correcto”, y muchas veces se aplica la norma electoral sin dar vista a las autoridades ministeriales, por lo que quedan impunes y la sanción impuesta es mínima. Muchas veces las personas que son sancionadas y enviadas a la cárcel en un contexto político-electoral, se dicen presos o perseguidos políticos, lo que le da una connotación social a la pena impuesta, y muchas veces esto se utiliza con fines de propaganda en beneficio del propio infractor o su partido, situación que se da de hecho, pero no de derecho.