Ordenan a Sedena transparentar gastos por avión presidencial

Ordenan a Sedena transparentar gastos por avión presidencial
 

La Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) tendrá que transparentar y poner a disposición de un particular la versión pública de la orden de servicio No. MXG-SU-1808929 con la empresa “The Boeing Company”, que da cuenta de los costos mensuales por la renta del hangar y mantenimiento para el Boeing 787-8-TP01 “José María Morelos y […]


La Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) tendrá que transparentar y poner a disposición de un particular la versión pública de la orden de servicio No. MXG-SU-1808929 con la empresa “The Boeing Company”, que da cuenta de los costos mensuales por la renta del hangar y mantenimiento para el Boeing 787-8-TP01 “José María Morelos y Pavón”, en el Aeropuerto de Logística del Sur de California.

Esto de acuerdo a una resolución del Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Durante la sesión del pleno de este miércoles, el comisionado Rosendoevgueni Monterrey Chepov, puso a disposición de los comisionados el asunto y destacó la importancia de dar a conocer la información, toda vez que:

“En diversas fuentes oficiales, el Gobierno de la República ha planteado el compromiso de vender el Avión Presidencial (TP-01), de forma transparente y con apego a la ley”.

El comisionado señaló que el pasado 3 de diciembre de 2018 la aeronave fue llevada al Aeropuerto de Logística del Sur de California para proveerle de servicio y mantenimiento en tanto es vendida.

“Debo señalar que existe una legítima demanda de la sociedad de contar con información sobre el destino y uso de Recursos Federales, como es el caso de los montos asociados al paradero actual del denominado avión presidencial”, manifestó Monterrey Chepov.

Según el comisionado, un particular requirió a la SEDENA que le fueran entregados, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), los contratos mensuales por la renta del hangar, el sujeto obligado (SEDENA) declaró la inexistencia de la información, por lo que Inconforme, el particular interpuso un recurso de revisión ante el INAI.

Durante la sustanciación del recurso de revisión, la SEDENA, mediante alcance, puso a disposición del particular la versión pública de la orden de servicio No. MXG-SU-1808929 con la empresa “The Boeing Company”, documental que da cuenta de lo solicitado.

En el análisis del caso, el comisionado Monterrey Chepov advirtió que, si bien la SEDENA, ofreció la entrega de la información en formas diversas a la requerida, es decir, en copia simple o certificada, “No Justificó”, de manera fundada, ni motivada, el cambio de modalidad.

Además, se expuso, que tampoco se valoró la posibilidad de entregar los documentos vía correo electrónico, en consulta directa o habilitar vínculo electrónico, a efecto de que el particular pueda acceder a los datos, privilegiando en todo momento el principio de gratuidad.

Con todos estos argumentos, el Pleno del INAI modificó la respuesta de la SEDENA y le instruyó a poner a disposición del particular versión pública de la orden de servicio No. MXG-SU-1808929 con la empresa “The Boeing Company”, en las modalidades materialmente posibles, es decir, copia simple o certificada, e incluso, en medios derivados de los avances tecnológicos, como el correo electrónico.