INE avala pérdida de registro de Nueva Alianza y PES

 

Ambos partidos políticos no cumplieron con el requisito de contar con el 3 por ciento de la votación en la pasada elección


POR JULIO PÉREZ DE LEÓN

En menos de 10 minutos, la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) formalizó la declaratoria de pérdida de registro resolvió dar un plazo de 72 horas a los partidos Nueva Alianza (Panal) y Encuentro Social (PES), para defenderse.

En ese sentido, el presidente consejero del INE, Lorenzo Córdova, recalcó que la ley no tiene “margen de interpretación: los partidos políticos pierden su registro si no alcanzan el 3% de los votos válidos emitidos”.

Por su parte, el director ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos, Patricio Ballados, explicó que luego de contar con el cómputo total y con las resoluciones de impugnación del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) “ninguno de los dos partidos alcanzó el umbral mínimo establecido en la ley”.

Agregó que “las cifras son claras, en ninguna de las elecciones: Presidente de la República, diputados de mayoría relativa, diputados de representación proporcional, senadores de mayoría relativa, senadores de representación proporcional” tanto el PES como Panal “alcanzaron el tres por ciento de la votación y, por lo tanto, se activa el supuesto establecido en el artículo 44 y 48 de la LEGIPE, así como, el 94 de la Ley General de Partidos Políticos”.

Sin embargo, y pese a que es facultad del Consejo General del INE, según establece la ley, resolver sobre la pérdida de registro de los partidos, el TEPJF sentó precedentes en el 2015 para que esa atribución le corresponda, por lo que, la resolución da a los partidos políticos un plazo de 72 horas para presentar los alegatos o los elementos que estimen pertinentes, los cuales serán valorados para poder sesionar, en una segunda ocasión, como Junta General Ejecutiva y presentar la resolución definitiva en la próxima sesión del Consejo General del INE.

Sin embargo, como todas las decisiones del INE, podrá ser impugnadas ante el TEPJF, instancia a la podrán recurrir PES y Panal, en caso de que así lo consideren necesario.

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