Partidos políticos deben actualizar listas de afiliados este año

 

Al recordar que existen más de 19 mil denuncias por indebida afiliación partidista, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) advirtió que las sanciones que se han impuesto no han inhibido esta práctica, mientras que los partidos políticos han reconocido revisar sus padrones. Durante la sesión extraordinaria en el Instituto se aprobó el inicio […]


Al recordar que existen más de 19 mil denuncias por indebida afiliación partidista, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) advirtió que las sanciones que se han impuesto no han inhibido esta práctica, mientras que los partidos políticos han reconocido revisar sus padrones.

Durante la sesión extraordinaria en el Instituto se aprobó el inicio del procedimiento de revisión, actualización y sistematización de los padrones de las personas afiliadas a los partidos políticos nacionales, del 1 de febrero de 2019 al 31 de enero de 2020.

El Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova, refirió que el procedimiento aprobado permitirá a la autoridad electoral ejercer su función de control y de vigilancia.

“Permitir por otro lado que la autoridad electoral pueda ejercer su función de control y de vigilancia para evitar cualquier tipo de abuso en la adscripción y en la exclusión de ciudadanas y ciudadanos en sus padrones de militantes”.

El procedimiento de revisión, actualización y sistematización de los padrones de militantes de los partidos consta de cuatro etapas que deberán realizarse a la brevedad posible: aviso de actualización; revisión de la documentación soporte de la totalidad de las y los afiliados; ratificación de la voluntad de la militancia; y consolidación de padrones.

La debida afiliación de las personas militantes de los PPN puede ser acreditada, entre otros, con los documentos siguientes para su plena identificación:

▪ Cédula de afiliación.
▪ Pago de cuotas (registro correspondiente).
▪ Documento en el que conste la designación o actuación de la persona como dirigente del PPN, en caso de que se prevea en los Estatutos del PPN que se requiere estar afiliado para poder ejercer dicho cargo.
▪ Documento de postulación de candidaturas internas o de elección popular, en caso de que se prevea en los Estatutos del PPN que se requiere estar afiliado para ser candidata o candidato.

Finalmente, los partidos realizarán los ajustes finales a los padrones, para que solamente contengan los nombres de las personas respecto de las cuales se cuente con el documento que avale la afiliación o ratificación de la misma, así como la identidad de las y los ciudadanos, con los publicados en la página de Internet del INE. Esta etapa deberá concluirse a más tardar el 21 de enero de 2020.