Piden llevar feminicidio como delito autónomo

 

Quedó fuera de la redacción del artículo 19


La investigadora María Olga Noriega Saénz advirtió sobre un sensible repunte de la violencia de género en México que se refleja en feminicidios; por ello es importante que este crimen sea incluido puntualmente dentro de la Constitución mexicana.

El feminicidio quedó fuera de la redacción del artículo 19 constitucional como delito autónomo por el cual sólo se puede aplicar la prisión preventiva oficiosa cuando se aborda como homicidio agravado.

En el Código Nacional de Procedimientos Penales tampoco figura para que se imponga la condena proporcional al delito que se cometió contra la mujer, de acuerdo con los protocolos de grupos vulnerables y la equidad de género.

Noriega Saénz, investigadora del Instituto Nacional del Ciencias Penales (Inacipe), alertó que en la capital del país tampoco se atiende la violencia de género, que es la antesala del feminicidio; por ello, una de sus propuestas es la sensibilización social sobre el fenómeno.

“La violencia de género es indiscutible. En la Ciudad de México está creciendo a pasos agigantados no podemos cerrarnos y ponernos la venda en los ojos. La Dirección del Observatorio Nacional del Feminicidio acaba de advertir que hasta junio de 2017 se documentaron 75 homicidios dolosos contra mujeres, y que sólo 26 fueron calificados como feminicidios”.

Por ello, compartió la idea de lanzar una alarma de género en la CDMX ante las constantes agresiones en contra de las mujeres, y los casos emblemáticos y paradigmáticos que se quedan en el olvido y que no reciben la sanción jurídica y social que se merecen.

Explicó que el Código Nacional de Procedimientos Penales no puede incluir figuras delictivas y sólo se centra en lo que debe ser el derecho procedimental; es decir, lo que es el proceso penal y las sanciones que tiene cada uno de los delitos.

Actualmente, dijo, en el Inacipe un grupo de expertos desarrolla un Código Penal Único, que ha sido un tema de debate por varios años porque debe haber figuras jurídicas únicas y unificar criterios ministeriales en todos el país para evitar la impunidad.

“A la hora de hacer la valoración de la procedencia o no de la prisión preventiva oficiosa, siendo un homicidio doloso contra una persona del sexo femenino sí se daría la prisión preventiva, pero si queremos ser más pulcros en este delito que está subiendo alarmantemente en nuestro país sí sería adecuado ponerlo dentro de la Constitución”.

Con ello, consideró, el juez está obligado en los casos de feminicidio a dictar la prisión preventiva oficiosa de facto y sin interpretaciones subjetivas.

“Actualmente sí está contemplado el dolo y sí se analiza como homicidio doloso que requiere prisión preventiva oficiosa, pero es importante que esté dentro de la Constitución y darle mucho más fuerza para no dejar ningún resquicio de impunidad”.

Explicó que actualmente México ocupa el lugar 16 de feminicidios a nivel mundial según la ONU, pero el principal problema en nuestro país es la impunidad; pues de nada sirve aplicar el “populismo penal” de hacer reformas a un año y meses de haber entrado en vigor el Sistema Acusatorio, e incrementar las penas en todos los delitos si no hay autoridades probas que las apliquen.